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EL AYLLU

207

dictó en Guamanga el

r r

de diciembre de

I

57

2

1

,

se decidió á reducirlos. Esta reduc–

ción ó concentración « á pueblos donde

vivían juntos y congregados

»

tuvo por fin

principal la cristianización y pago de tributo

de los naturales.

No es nuestro propósito establecer genera–

lg_aciones sobre el

ayllu.

Semejantes genera–

lizaciones llevan en sJ el peligro de falsear la

fiel y despreocupada apreciación de los

hechos. Sometiéndolos á criterios preconce–

bidos, lo que se construye es más obra sub–

jetiva que objetiva. Más valor tendría, en

este caso, la exposición de un sistema per–

sonal, puramente teórico, que ese maridaje

inarmónico entre la observación incompleta

y lo purame!lte subjetivo.

1.

Arch. G. de Indias. Provisión dada por don Fran–

cisco de Toledo sobre reducción de naturales.

1572,

Est. 70 , Caj.

_1,

Leg.

28.