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EL AYLLU
207
dictó en Guamanga el
r r
de diciembre de
I
57
2
1
,
se decidió á reducirlos. Esta reduc–
ción ó concentración « á pueblos donde
vivían juntos y congregados
»
tuvo por fin
principal la cristianización y pago de tributo
de los naturales.
No es nuestro propósito establecer genera–
lg_aciones sobre el
ayllu.
Semejantes genera–
lizaciones llevan en sJ el peligro de falsear la
fiel y despreocupada apreciación de los
hechos. Sometiéndolos á criterios preconce–
bidos, lo que se construye es más obra sub–
jetiva que objetiva. Más valor tendría, en
este caso, la exposición de un sistema per–
sonal, puramente teórico, que ese maridaje
inarmónico entre la observación incompleta
y lo purame!lte subjetivo.
1.
Arch. G. de Indias. Provisión dada por don Fran–
cisco de Toledo sobre reducción de naturales.
1572,
Est. 70 , Caj.
_1,
Leg.
28.