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176

SENTENCIAS, Y COPLILLAS

Por lo que hace al verdadero autor de la

Pt'issz'ma,

de que es traducción algo libre

este

Semattario,

véase lo que decíamos· al

núm. 1579, donde queda probado que lo

fué el P. Luis de la Palma, y se declara

de paso el fundamento que pudo haber para

asegurar que lo fuera el P. Nieremberg.

2046.- Sentencias, y Coplillas devo–

tas para la Mission.-Pl.

0

en 4.

0

-(Hay

varias ediciones).

EL

P.

JH.RÓN!MO

DUTARI.

El cual, «llevando impressas algunas sen ·

· tencías de la Escritura Santa, puestas en

metro, las intimaba con cierto aparato ex–

terior, muy oportuno para imprimirlas pro–

fundamente en los ánimos. Las sentencias

se ceñían a estos terminas:

Quien de los suyos no cuyda,

niega la

Fe,

y es peor

que vn Gentil sin ley ni Dios....

-En quien jura, y en su Casa,

no faltará mal, ni plaga....

De estas sentencias , pues, impressas en

quartilla de papel, prevenía el Padre Du–

tari mucho número de exemplares para sus

Mission es>>, como dice el P. Luis de Lossada

en la

Noticia

de su Vida (págs. 188-89).

Hállanse las que él cita, entre las

Sen/m–

das

de que hablamos, de cada una de las

cuales acost umbraba, además, el P. Dutari

hacer grandes tiradas en papelitos chicos,

al modo de las cédulas de confesión y co–

munión, par

irlas esparciendo por calles y

plazas en sus misiones. Muchas de ellas to–

davía se conservan y cantan en el pueblo;

·y no pocas vemos que se reproducen tam-

bién en libros de devoción , y aun en alma–

naques ó calendarios religiosos.

2047.-l. Señas de el Amor pvro de

Dios, y de el que no es Amor perfecto.

Pl.

0

en 4.

0

-(De mediados del siglo xvm).

II. Señas del Amor puro de Dios, y

del que no es Amor perfecto.- [Al fin ]:

En Sevilla, 1820.-En 8.

0

,

de 2 hs. n. fs.

EL

P.

MANUEL

PADIAL ( ?).

Véase arriba el núm. 1r86.

2948.-Señor. El Padre Procurador

General de la Provincia de Aragon de la

Compañia de

Je~ us,

para la mayor ins–

truccion de lo que sucede en el Expe–

diente de Aulas de Gramatica, y Griego

de la Ciudad de Valencia, cedidas por

esta, y con la Real facultad,

a

su expres–

sada Provincia en el año de 1720. ha

juzgado conveniente formar este Papel.. ..

- En fol.

0

,

de 18 hs.-(De hacia el año

de 1743).

EL P.

JosÉ

DE

SALES.

Consta de hasta cinco

Memoriales

suyos

Mss. que hay en la Biblioteca de la Histo–

ria, de Madrid, donde aparece como «Pror

General de su Prouincia de Aragor., en la

que se comprende la Ciud.d y Rey no de Va–

lencia», encargado de conseguir que se de–

termine favorablemente el «expediente de

Cathedras de Gramatica, Retorica y Griego

de la Ciudad y Vniuersidad

d~

Valencia,

q

24

años ha dura», según se ve por ellos.

2049.-Señor. El Proc¡uador General

de Indias, de la Compañia de Jesus, hace

presente

a

V. S. baver seguido Pleyto

en el Consejo de Indias con el señor

Fiscal, sobre que se declare no haver

caldo en comisso los sesenta caxones,

que conduxo el Padre Phelipe del Casti–

llo en la Fragata nombrada Nuestra Se–

ñora del Buen Ayre....-En fol.

0

,

de 4 hs

n. fs .

EL P.

PIWRO IGNACIO

ALTAMlRAl'\ 0.

«Suscrito por Pedro Ignacio Altamira–

no», como ya lo advierte Medina

(Bibl.

H isp.-Amer.,

vi,

248,

núm. 7029).

2050.-Señor. El Procurador General

de Mexico,

y

Philipinas, de la Compañia

de Jesvs, puesto

a

los pies de V. Mag.

dice: Que el día 25. del corriente mes de