.
es
declararlo así,
y'
mandar se
re1fituya
luego, lue..
· go • D. José Cavenecia
á
la posesion, con re–
~erva
de su derecho para- repetir en juicio de
daiios los que se le infirieron contra el propie·
~rio
y fundo afecto y contra quien haya
lugar~
Interesa tambieo indicar aqui, que una de
las calidades consignadas en
la
viriosa tranza.
cion, que se juró entre Guerrero Sarria y Her.
rera corriente
a
foj. 2 cuaderno4:
Q
de pruebas,
es el pago que debia hacerse á las legatorias
de dQna Agueda
Tagle,
y
á
la
heredera doñ&;
Mercedes Vasquez. Estas interesadas tienen
creditos activos contra las mejm·as
de
Sta. ·Bea–
~riz
que compró Cavenecia
á
Vasquez,
y
los
cuarenta y tres mil pesós en que malamente las
traspasó Guerrero, debían subdividirse en pa–
ios,
y
en los terminos que se designa en dicha
1ransacion. Como los traspasadores
jama~
peo·
~ar:on
llevar al cabo sus comprometimientos,
las accionistas
á
presencia de· esta indolente
apatía, iniciaron el respectivo juicio,
y
por in.
cidencia la remocioo del depositário de la huer..
~a,
pidiendo se subrogase D. José Caveneeia en
lugar de- Alvarado que lo obtenía. Las ínte.·
resadas, recomendalido la diferencia de segu.
~id~d,
y
circunita.ncias que hay de uno
á
otro,
~on~luyen
diciendo, que siendo Cavenecia
due~
iio.
de aquellos intereses, nadie mejor
po~ia
e&.:
tar
·á
su cabeza. Asi se espresan en un escrito
~e
foj. 32 cuaderno
2.
Q
de pruebas. A foj. 30
~uaderno
dicho, corre un recurso de Sarria
y
~err~ra
producido
á
consecuencia de haber–
~~le
.-mandado entregar 30 pesos,
y
negandose
• exhibirlos,
parece.importaqt~. c~piar
agui.ali
gunas palabras: ''nO' somos hoy, diCen 'krrenda..