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Tít. XV. de los Aposentadores.

36

5

na ) las dos teréias parres de

e

que no se hacia sin consul–

Jo que llevaban los Aposen-

t arlo con el Co nsejo) se les

tadores del

Rey(4).

Esto era

tasaba,

y

pagaba el alquile r,

en

tiempo del Señor Rey

ó la ropa, ó Jos dañ os que re–

Don Juan

l!.

y

despues se

cibian

(10).

Esrando la Cor–

quitáron por Pragm ática del

te de asiento no se tomaba n

Señor Do n Felipe Ill., como C amas, solo sí yendo de pa–

puede verse al mím. final de

so

( II ).

este Título. No se daba apo-

339 Los Caballeros Pre–

sentamicnro , ó

posada en

lados, ni otras personas de

Casas de Grane ros do•1 de se

estos Rey nos no tenían apo–

encerraba el Trigo , ni Bode-

sentamiento sin expresa Iicen–

gas en que se guardalJa el Vi-

cia del R ey , ni podían tomar

no, ni en las Casas de Oficia-

posadas , ropa, ni otras cosas

les Menestrales á otros del

por fuerza en parre alguna ,

mismo oficio (5).

ni los Regidores dárselas, pe-

338 A los del Consejo,

na de privacion de Oficio,

y,

Oidores , y Oficiales de la

de diez m11 maravedís pa ra la

Chancillería ,

s

les daban Cámara ,

y

dueño de la casa

buenas posa das

(6. A Jos

en que les aposentara n

(12).

Procuradores

de Ci.udades, Y en las que por nómina da–

Villas , y Lugares que .se-

ban los Aposentadores

á

Pre–

guian la Corte de m.1ndado

lados,

ó

Grandes, ó Caballe–

de S. M. se les acomodaba en

ros, no podian aposentar en

lo mas convenible que se po-

ellas otras personas por dine–

dia (7). Los Alguaciles , Ofi-

ro, ni por gracia (13). Ni re·

dales de Cárcel ,

y

el Ver-

cibir di nero, ó dádiva por ex–

dugo en Ja Plaza ,

ó

no pu-

cusar posada , ó

á

algun Lu–

diendo , en los Barrios mas

gar, ó Aldea (14). Guarda–

cercanos

á

ella (8). Solo se ha-

ban la órden que se les daba

cia aposentamiento de lasque

y

tenian los Veedores

J

estaban en

la

nómina, ó te-

Veedor General de las Gt;ar–

nian Cédula de S. M. y al ha-

<las; y en su ausencia

el

Al–

ccrle era con asistencia de

calde de ellas , con el ménos

dos Rjgidores , para no agra-

daño que posibl e era

á

los

viar

á

os vecinos (9). A los

Pueblos

(15).

T rocaban

la

que

1

en caso de sacarles ropa

gente de Guarda ,

y

Posada

quan-