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Res.y
Exp.
del Lib. Ill. de la Rec.
quando volvian , por donde
en la última vez próxima hu–
bieran e·tado ( 16). Guarda–
ban siempre el mejor Órden,
y
el que por la Ley,
y
su Ins–
truccion les estaba prevenido,
procurando la menor moles–
tia
á
los dueños de las Casas,
así en el repartimiento de
ellas como en volverles las
ropas dond e se tomaran ( r7).
340
No les era permiti–
do
á
los Aposent adores
co–
mer en
sus
posadas sobre
prendas, ni al fi ado, ni por
tarja contra la voluntad del
dueño , pena de un mes de
sueldo
e
18).
i
m
elerles
á
que le
ditl ~
, Lefia,
Vinagre , Aceyte ,
ó
Cande–
las , sino es
tenie
olo
para
vender ,
y
entonce p g.ándo–
·1e su' jusro precio'
19.
Pero
tampoco podían en los Pue–
blos encar.:cer con este. mo–
tivo
lo mantenimientos ,
y
en su caso se rasaban por el
Capiran , y el Alcalde Ordi–
nario con la moderacion que
estuvieran en los Pueblos co–
maréanos
( 20) .
341
Para dar Verde
á
los Caballos, y Bestias cam–
bien daban en su tiempo los
Pueblos la Cebada , y Alca–
cer necesario , t asado por el
Capiran de las Guardas,
el
Al-
calde Ordinario del Lugar,
y
dos Vecinos con voluntad
de los dueños, y no de otro
modo , pena de hurco (2 1.)
342
En
las Arboledas ,
Huertas, Vergeles, ni Viñas,
no se hadan aposentamientos,
y
á
los Aposentado
que las
talaban se les castigaba corno
en Justicia proccdia
(22).
343
Los hombres de Ar–
mas continuos que andaban
en la Corre con
el
Rey , te–
nian en
lo Lugares donde
estaba
S. M.
veinte ó treinta
posadas para los que de ordi–
nario se exerciraban , y los
res~ar¡(es
:í
cinco
ó
seis leguas
de la Corre, y se mudaban de
un lugar
á
otro quandoaque–
lla se mudaba , pagando lo
que
debian ~2
3).
344
El nombramiento de
Apo entador tocaba
en
ca–
da Capitanía de las Guar–
das
á
toda la gente de ella
ó
la
mayor parre , y
é
ta de su
sueldo le pagaba al tal
A
po–
senrador
m
salario , y por Jo
mi mo al Capiran
le
estaba
prohibido el entremeterse en
su nombramiento (24).
345
Vltimamenre el Se–
ñor
Rey
Don Felipe
111.
in–
teligen ciad o
del
perjuicio
que
á
los Pueblos ocasiona–
ban los Aposentadores en la
co-