Tít.
I.
de
la
Audiencia de Galicia.
231
de todas las Causas Civiles
y
Criminales, de todos los Al
caldes, y Jueces Ordinarios
del Rey no, que en primera
instancia hubieran conocido,
y
segun derecho tuviera lugar
la
Apelacion: Que de las St'n–
tencias que el los pronuncia–
ran, quejándo se
las Partes,
les otorgarnn
sus Apelació–
nes para la Real Chancillería
de Valladolid, siendo de rras
de cien mil
mar~ vedís
en ade–
lante el pleyto Civil : y sien–
do de esta cantidad , y de
ella abaxo, que solo hubiera
supllcacion para ante los mis–
mos Alcaldes Mayores-, y su
Gobernador, ante
uiene se
determinara
y
se t._el)ciar
en
dicho grado,
rio mas rnpli–
cacion , ni Apelaeio
asta
executarse y llevarse- á su de–
bido efrcto (
1 ) ,
Que
el
Go–
bernador,
y
Alcaldes
Mayo~
res anduviese n por el Reyuo
juntos ,
hiciesen Audiencia–
todos los dias no festivos , tres
horas por la mañana,
y
dos
por la tarde de
los Lunes,
Miércoles, y Viérnes,
y:
en
cada Sal!Jado por la tarde visi–
tasen su Cárcel , y la del Lu–
gar donde e1tuvieran
~
Que
para la execucion de la
Jus–
ticia pudie ran enviar un Ca–
pitan , y u11
1\
lguacil
á
don-
de ocurriera: Y que andando
Ja
Audiencia por el Reyno,
no pudiera
err
un Pueblo per–
manecer mas de un año
(2).
Que • los expresados Alcaldes
Mayores ,
y Gobernador
conociernn en primera ins–
tancia dentro de las cioco
le–
guas al contorno del Lugar
donde estuviera :
Y
por caso
de Corte en todo el Reyno
de Gal icia
(3).
Que por qua–
le~quier
caso de Corte que se
quisiere empinar á Concej0,
ó
Vecino , , e hiciera ante los
dichos Gobernador,
y
A
leal·
des
Mayores, y no en la Chan–
cillería de Valladolid" ni Sala
del Crímen, silla es en caso de
mucha importancia, como so–
bre May razgo,, Varnllos,
ó
Fortalezas, muerte.
ó
heri–
das
ae Caballero. principal ,
ii.
otros semejantes
á
estos
(4).
2.
Por el St ñor Don Fe-
lipe
JI.
se estableció, que en
los pleytos Civiles, y Crimi–
nales,, en que en Vista no
se
viniera
á
impoc;er pena cor–
poral , se pudiera \'Er por
d'os Alca ldes Mayores en Vis–
ta : Los pleytos Civiles. de
mayor quantía
en Revista,
por tres, y cambien todos los
Criminales
(
s)-
Y
que hicie–
sen Sentencia tres votos con–
formes,, como
en Ja
'Chanci-
lle-