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( 6 )

,sello de la predicac inn que

J .

,,C. se comunica de

la

man era

,,C . les ha

confi ado,

y

\'Osotros

,que le place,

y .

siempre

d_el

,veis Cle paso

todo el órden de la

,,modo mas conveniente

á

esta–

,Jurisdiccion ecLesiástica.

El

,,b1 ecc-l r la unidad de sn Iglesia.

,mismo que da primt ro

á

S.

,Es

porque comienza por el

,Pedro este poder, lo comunica

,,primero;

y

en ese p1·imero fur–

,despues á todos los Apóstoles.

,ma

el todo:

y

él mi smo . desen–

,EI

plan de

J.

C.

era pues ma-

,,,·uehe con órden lo qne

ha.

,nifiestamente colocar primero

,pnf'sto en üno solo:

y

Pedro,

,en

uno solo, lo que en seguirla

,,dice S. Agu:-tin, que en el bo–

,,queria poner en muchos.

.Mas

,,nor de sn Primado

1'epresrm–

,Io secundario no

rl e~barata

lo

,

1

taba toda La

IgLesia

,

recibe

.,primario. Esta primera pa-

,,tambieu el primero y él solo

,labra, todo lo que tú atares,

,desde luego, las 1Ja,·es que

,clicha á uno solo, ha puesto

ya

,despnc~s

debian ser comunica–

,,bajo su pqtcstad

á

cada uno

,das

á

los otros;

á

fin

de que

,,de aquellos

á

quienes se dirá:

,,nosotros aprendamos, segun lá

,lo que vosotros

rcu1itiereis;

,doctrina de un Santo Opispo

,,porque las promesas

y

los do-

,,de la Iglesia Galicana, que la

,nes de

J. C.

son sin arrepen-

,,autoridad ·eclesiastíca, prime–

,,timiento,

y

lo que es una vez

,ramente establecirla en la p er–

, dado indefinidamente

y

un~ver-

,sona

de

uno solo,

no se ha

'co~

,saLmente

es irre,'ocable: á mas

,municarlo sino bajo la condicion

,,de que el poder dado

a

mu-

, de p ermanece¡· siempre ligada

,chos,

lleva su

restriccion

en

stt

"al

p1·i1zápio

de su

U:nid.arl,

y

que

.,,part.iáon;

en ve?: de que el po-

,todos aquellos que deberán

eje1·

·

~,der

dado á

uno solo,

y

sobre to-

, ceda, se

deben

mantene1·

in.se–

,,dos,

y

sin excepcion, lleva con-

,.paral;,lernente unidos

á

la .mis–

.,,sig o la plenitud, V no

teniendo

,ma cáted1·a.

11

,que partú·se con olgun otro,

'·Es esta esa cáteclra Romana

,no tiene mas límites que los

,tan celebrada por ios SS. Pa–

,,que le da La 1·eg La.

Es' por-

,,dres, en donde ellos. han exal–

, c¡ ne nuestros antiguos Docto-

,tado como

á

p_orfia, el pr,inci–

,,res de Paris, que yo poclria

,pado de la cátedra Apostóli ca,

,aquí citar con honor, han re-

, el principado princi.pal, la

,conocido todos

á

uua voz

Gn

,fuente de 1a unidad,

y

en el

,la

cá~edra

de S. P edro, la ple-

,,lngar de P edro el

- eminetü~

,~nitud

del' poner A postólico.

,grado de la cátedra sacerd6.

, 1

Este e,s un punto decidido

y

,tal, la Iglesia macire que. tiene

,,resuelto.

Todos reciben el

,_,en sn mano

el

gobierno de

t.~

...

t,mismo poder,

y

todos de l.a

,,das las .otras Igle3ias; .

e~

J

e(e

· ,,misma fnente; mas no todos

,del Episcopado fle donde pal:–

,e el migmo grado, ni con ]a

.,,te el rayo del g-obierno, la c4-

~1misma ~st~~Sioo: .

portjue

J .

.

~tedra princi~a~,la

cátedta üni'-