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( 187 )

des póticamente, sino en qne en ti uguen dice: "que la causa efi. –

_1a coustitncion de una soci e - ,ciellte

d ~

la potestad eclesiá.s–

dad, el · institutor de e ll a no ,,ti ca, es N . S.

J.

C.; la mate–

haya coa.rlano s u libre ej ercí- ,.ri nl, los Apostoles que la re–

cio por algun pacto, ó por al- ,ciben; la final, la edificacion

guna condicio n.

A

hora bi en: ,,de la Iglesia;

y

la formal es

el

uuestro

S.

J.

C. al

cre ar uu po-

,,EvangeLio

qu.e

sirve de fo rm q

..der snmo espiritual, en

e l

que,

de regla al

ej ercicio de

esa

segun lo qne

ll evo

citado de

,poteslad."-F.s

pues evidente

Hossuet, se \' Íera una imagen que el S nmo Pontífice por

ins~

de la antorid w.:f de) Gefe invi si- tituciou di \'Ína

y

p or la cQns–

ble de

la

Igl esia,

vez de

atar-

titncion d e la Iglesia, no ti e:.

lo á pactos ni a condicion P-s, lo n e

b<~jo

el Cielo quien pueda

l1a constituido en esa amplitud coarta r su autoridad en

eJ.

libre

le libertad que juzgó com·c -

~j erc i c i o

que se le ha confiado,

ni cnte para regir la nni\'ersali- L qego es absoluto,

y

en el mis'–

dad de la Iglesia,

y

conservar mo sentido ilimitano.-Lncgo

finnemente la perfecta unidad. si éndolo , no es con todo eso

Oigase por segunda vez ·al gran despótico, nN.iránico, pues quó

Bossuet, distinguiendo _ el po- ti ene nna se \•era é inflexible re-

.de r de Pedro

y

el que fn é d ado gla q ue lo modera

y

_lo

reg ula,

á

sus cólegas- ·'E l poder d ado c ual es el etern o Evangeli o. .

~,a

muchos,

He,'

a

s n

re triccÍon

Los enemi gos de esa sagrada

,,en

su parti cion;

fm vez de

que

a n toridad desesperan do de pó–

, ,eL

poder

dado

á

u.no

solo,

y

so-

d er

desmentir los títulos en que

, ,bre Locj,os,

y

sin

e.ccepcion,

im-

esta afian zarl a, n ecesitaban un

_, porta la p lenitud;

y

no

teniendo

p rc tcs to p a ra hacerla odios a

y

~,qu.e

p a rtirse con aLgun otro, no

suscita rl e p oderosos riv ales en

, líene otros

lím ites qu.e

Los

qfle

los Prín cipes secul ares;

y .es~

,,Le da La

regla"-~ i

se quiere p rctcsto lo h an hall ado, impu–

·,,saber ahora cu al

~s

ef.:a reg-la.

laudo

á

a1gnuos Pont1flces

d'2'.

que le sirve de límite, es decir, la edad media, la pretension d e

. que no puede legí timamen te c reerse con

d e1·~~c ho

sobre

~i

·traspasar,

tli1

tes ti go de toe! a ex · p oder temporal de los rey es.

c epoion nos lo ense

i1ara.-.Es

E sta gra,·e acusacíon se repite

G erson, quien segnn se h a vis - h as ta el fas tidio: nuestro

aut~r

, to ya, a segura que en solo

el

se constituye el eco de

So1ís, y

. Sumo Pontífi ce resi de formal - el de todos los c alumniadores#

. niente

y

c0mo en s u sugeto, la

~ ir tie n do

sns trozos s-in avisar

pl enitud -de la potes tad

cele-

de qu ienes son, para atontar á

siás tica. Y en su tratado d e di· !os ton tos con su ap a rente eru–

c-b"a

potestad, al esplicar la de- dic ion.. S eria hac erse

pe sad o~

fini cíon por las cnatro espec ies .\' "ntil ar en forma es ta ridícula

' ~e

causas que los fil ósofos di s-

c nestion . .

Oígasc en ln t?m·

rrho.