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( 106 )

,,mento de firl eli lhtc1 acia los rector de la Universidad de

,;reyes

y

magistrados, bajo pre- Granada, en su aparato de de–

:, testo que son impíos

y

herc- recho público lib.

l.

0

cap.

11 ,

1

gest

y

dé esta stterte

di~poner

párrafo 3.

0

y

4.

0

dice:-"El

,de las coronas y de los reinos." ,,poder supremo ora se adqnie-

"Es evidente, continúa Ber-

,~ra

por eleccion, ora por suc–

,;gier,

que

todas estas

son

ot1·as

,;cesion, lo diviélen comunmen–

,;tantas calumnias,

puesto qne ,,te los políticos en absoluto

y

,,esos pretendidos derechos se- ,,en limitado. Se entiende por

,rian contrarías

á

los deberes ,absoluto, no aquel que no es-·

,de Padre espiritual y PastGr ,tá sujeto

~

las leyes naturales

,,de los fieles; )ejos de mante-

,,y

OÍYÍnas (puesto que

UD

tal

,,ner el órden introducirían la ,,poder es inadmisible,

~.iendo

,,confusion; es absurdo confuw ,aborreciélo de Dios

.r

opuesto

, ,

dir.un

poder supremo con un ,,á la naturaleza)

sino aquel

cuyo

;,poder absoh.lto, ilimitado

y

,libre

~jercicio

no está circuns–

'~que

no

está sujeto

á

alguna

,;cri':pto

por aLgun

pacto

ó

condi–

,,ley."

,cion.

Enti endese por poder

_··

En·lo que hE>mos oido, se ,,supremo limitado, no aquel

haeen patentes los charcos ce- ,,que deja de ser sumo, sino el

nagosos de donde ha recogido ,que .se encuentra moderado

nuestro autor las palabrotas cle ;,en su libre ejercicio por a1gu–

P1'Í·macia

inmodenzda, de

pode1·

,na convencion. Este último

abusivo, de absolutismo

y

mas

,,es menos limitado ó mas li–

absolutismo.

·Sabe muy bien· ,,bre, segun que se deja al Prín –

que escribe en un 'tiempo, en ,,cipe la administracion bajo

que por el trastorn(') de todos ,,cierta medida

ó

regla, sin que

los sanos principios no sufre el ,-,esté

nec~esariaménte

obligªdo,

siglodiez

y

nuPve ni siquiera

;,a

obrar · en su gobierno de

la t'nonarqnia moderada,

y

para ,,acuerdo con alguno de los

J)ro,·ocar

á

la rebelion contra , Próceres

é

del pueblo: Es

el Gefe de la Ig-lesia, no cesa ,,mas llrnitado

ó

menos lihre,

· de confundir su poder supremo ,,cuando el Rey

ó

Príncipe está

é

independiente con el absoln- ,obligado en la administracion

tismo que ha venido

a

ser tan ,,del gobierno á proceéler de

odioso para los ignorantes. Es ,acuerdo con algunos Próceres

preciso, pues, enseñarle la na- ;,ó del pueblo.'' E sta doctrina

· turaleza del poder P ontificio,. es verdadera, no porque lo dig·a

y

el sentido

en que es verdadera-.

precisamente un jurisconsulto,

nzente absoluto,

sin se1·

por eso

sino porque ella es la espresion

despótico.

del juicio

y

del

bu~n

sentido.

' El célebre jurisconsulto es- , Segun e11a es evidente, quE> el ,

~añol

D.

Pedro José P erez Va- absolutismo del poder no con -·

Jie·rite,

académico, catedrático

y

siste en obrar. caprichosa

y ·