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L.\.
1:-\Qt:IsiCIÓ:-\
y
la materia del proceso el hüber quehrantudo
el
sigilo de la confesión. Confcsúse, en efecto. con él
un criado
el
el
P. Fr·¡_mcisco de los Hio!'-:.
y
ucusúndose
de que sen1í<1 n1<1l cor!lra
1.111
:-;acenlote, ·llegó
á
sabet'
que Hios, habirrrdo sido clesl)achado de Manila para
el pueblo de Snnta Cruz, er1 lugar de seguir su Yi<lje,
so
habia
quedado en la ciuclncl
a
donnir eu cnsa de
una Yiuda princip<.li.
D e nanciado el hecho por el
P .
Cani
al
ProYincial
se siguió la expulsión de Ríos do la Compafria
y
su
remisión
a
México.
Do la misma Yiolacióll del ;::;igilo sacrarnrntnl acu–
saron tarnbi<;n
á
(\mi
do~
soldados r1uc se habían
confo~aclo
con
(•1
y
en i\I<'·x ico el rxpulso
P.
!nos. He–
mitiósc su
cledar<:~ciór1
á
Manila.
ratifícú~c
en la que
tenia prestacLt elmcioncr·o don .Jerónimo ele llerrerar
prime r dcn nntiantc.
y
CX<lrnirrir¡·onse otros testigos,
diligen cias todJs que, iniciadas en
1GG-L
dur~11·on
has–
ta cuatro anos
mús
t-arde, sirr qr¡c los
inr¡ui~idores
arlolanta. en urr ilpice e11 ln
cc.1usa, creyendo
qne,
en
rig0r, aquello
110
era do su competencia.
)'<t
que no
halJia en el acusado prosi.lnción de que juzgase ser
lícita la revclaciún del seercto.
Pero los je
uitas
sospechq.ron ó tuYicron noticia
del proceso que sr
había
ido signiendl) corJlt'<1 el
P.
'C<Ill Í, .'·por comludu
tl cl
mismo procul'ndor
.\rr–
drés de Ledcsma presentaron memorial nl Corrsejo
para que so resolviese el asunto . Informando nl Cou–
sejo decía el Tribunal: «LO propuesto motint el so–
breseirnirnto
y
sólo nos pudiera moYer
a
prcsumie
fuera del celo r¡ue debemos tener
y
ele
lo
que confor–
me
á
derecho somos obligados
á
mirar, la cliligen-