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-13-

de sedas oposiciones, (1) opinó porque erac

necesario aprobar el nuevo Instituto, para re–

mediar los males que sufríf\ la Cristiandad

y

contener la marcha de las herejías que se es-–

taban esparciendo por toda ella.

Conviene notar aquí, que, aunque el fin par–

ticular con que instituyó San :Ignacio la Com–

pañía, fuese, segun lo afirma Gregorio XIII,

la dilatacion y defem;a de la

fé,

·no por eso se–

debe pensar, haciendo eco

á

sus necios enemi–

gos; que en ella se prescinde del fin propio

y

fundamental de todo Instituto religioso, que·

es procurar ]a santificacion de sus miembros,

y

trttbajar pór la salvacion de sus prójimos-; co-

~c

mo lo declara el mismo San Ignacio con estas

palabras :

Finis hujus Sor.ietatis est, non solurp;.

JJaluti et pe1fectioni propiarum anim.arum, cum di-

(1)

Nos-pareee oportuno advertir,

á

fin de quitar áun

.e:t

menor pretexto

á.

los euemigos de los Jesuitas para declarM·-–

se contra ellos, que estas eposiciones no fueron originadas.

porque se encontrase algo censurable en el Instituto y en las

Constituciones de la Compañia de Jesús. sino por un moti–

vo genf·ral, po1· juzgar que no debian aprobarse nuevas Orde-–

nes religiosas en la Iglesia, que tenía ya bastantes en su senO:

para Henar su mision santificadora. (Véase lo que dicen so–

bre el particular, Rohrbacher en su Hi¡;¡toria de -la IgleaiaT

t

23,

y

Bártoli,

en

su Histolia, de

la

Compañía de Jesús en

Italia,

lib.

1.

0

)