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'~

PROPINCIA-

. · 4

Se reserva á la Sala primera de Gobierno el arreglo, 6

u ni on de estos Estudios con el Colegio, que llaman de

la

Concepcion,

po r no pertenecer este á las Temporalidades.

5 L os O rnamentos,

y

Vasos Sagrados se distribuirán en

la fo rma generalmente prevenida, dexando' provisto el Ora-

torio de lo que necesite.

·

6

Que se remita á la Secretaría de la Cámara del Real Pa4!'

tronato Testimonio de las Capellanías, que presenta el Rec.,- ·

tor de aquel Colegio , á fin de que haciéndose presente

~ · y

con audiencia de los Interesados, se acuerde lo que corres.;,

ponda

á

estos ,

y

á el interes de la Regalía. _

-

7 Se há resuelto guardar á el Duque de

Medinace.li

,

corno

Marqués de

Priego

,

los honores ,

'y

preeminencias , que le

correspondían en calidad de Patrono del Colegio, con arre–

glo á lo dispuesto en la Real Cédula de

14

de

Agosto

de

1768. (8)

'

--------------· -----------~~~-----

(8)

Colee.

P.

z..

n.

8.

pag.

H.

Morone -

--

I

su

Magestad há resuelto,

á

Con sulta de

2-2.

de

Marzo

de este año, aplicar aq uel Coleg io, que es de la

Dió ·

cesis de

Sevilla,

para h<1 bitaciones de Maestros de rrimeras

.'(..etras, Latinidad,

y

Retórica, con Aulas,

y

Ctases corres-

pondientes.

·

'l

El resto de las viviendas se destina para trasladar el

Hospital de mugeres pobres, huérfanas, de la misma Villa,

con pared divisoria, que se há de poner entre los Estudios,

y

Hospital.

3 La

Iglesi~,

separada tambien con pared divisoria, qüe·

dará á el cuidado de un Capellan, que se establezca confor–

me

á

el arreglo

qu~

haga

el

Ordinario Diocesano, de acuer–

do con el Comisionado: asistiendo el Capellan

á

auxiliar, ,

y

confesar las enfermas;

y

cumplirá en la Iglesia las cargas

espirituales

:

dexando en ella los Ornamentos necesarios,

y ·

distribuy éndose los demas de la misma forma, que yá resuel–

to en otros Colegi os.

_4

A el

e~i ficio

que queda vacante por la translacion del

Hospital de--Huérfanas, se traslad:uán las

Ninas del Refugio;

.

-

á