8
PROVINCIA
8
Y
se aplic.1 el Retablo
qu~
se estaba construyendo
á
la
. I g lesia Matri z , en
t~cgando
esta á las Temporalidades, para
satisfacer las annuidades
y
otros gastos de Justicia, los siete
mil reales que ofreció por él el Guardian .del Convento de
San Francisco
de
Bermeo,
á
rc_tzon de cien ducados cada año
por vía de plazos para el pago.
.
.
Logroño.
·~
su
Magesta;..\,
á
Consulta de
29
de
Marza
del mismo
año, há resuelto se destine este Colegio en .el O
bis~
pado de CaL1horra, para erigir Seminario Conciliar comun
á
toda la Diócesi.
'
~
Se aplica la Iglesia para uso del Seminario, condescen·
diendo en todo con los deseos Pastorales del Reverendo
/ Obispo.
,
3 Por los Direétores,
y
Maestros del Seminario, se
cum~
plirán en ella
l.t"
cargas es pirüu_lles
allí
func!adas; sirviéndo–
les de parte de Jota::::ion la limosna a<>ignada, que perciban
por esta razon, de las- rentas de Temporalidad<:s.
· 4
Provista la Iglesia del Seminario de los Ornamentos,
y '
Vasos Sagrados necesarios para un decente culto, se re–
partirá el sobrante , si le hubiere, como se halla resuel–
to por punto general•
.
Loyola.
1
por
el ArÚculo
27
de la Real Cédula de
14
de
Agos-t~
de 1768,
(l)
há resuelto S.
IVI.
se destinen los dos
~randes
Colegios, é Iglesias de
LojJo!a,
Diócesi de
Pamplona,
Provincia de
Guipúzcoa,
y
Villagarcía de
Campo~,
Obispa–
do de
Palencia,
para Seminarios de.Misiones de las dos
Amé–
r'icar, Meridional,
y
Septentrional ,
é
I~ltJ~
Filipinar
con las
aplicacione~
de efeéios_, reglas , enseñanzas de lenguas' ·
medios para proporcionarlas ,
y
otras prevenciones ex–
plicadas en los siguientes Artículos hasta
el
33 inclusive:
para cuya execucion
y
cumplimiento, con la brevedad que
per-
---------------~
(~)
Colee.
P.~.
n.
8.
pág.
99· !
1ig.