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HISTOR~A.
ECL:f:SIASTICA
Siglq cias , un Nuncio Apostólico para · unirse con
~y¡~~
los
Min.istros
de
las otras Potencias.
Este
Nuncio
fué _
recibido con todos · los honores
-
debidos
á
su carácter , sin ·embargo de
que
los Protestantes habian rehusado la media·
cion del Papa • . Los Católicos la aceptáron,
y ·
no fué el que tuvo ménos parte en
el
feliz
a
juste de este gran negocio ,
que
se
concluyó el .afio
1678.
; ··
....
Turbáron el
Pontificado
de :
Inocencia
XI tres disputas · n1uy vivas
que
tuvo
con
la
Francia : la
I.
a
tocante al derecho del
Rey sobre los Beneficios
ó
regalía;
13
2."
en punto de las franquicias de
que
goza~
ban los Embaxadore3 en Roma;
y
la
3
.Jr.
con motivo de los quatro famosos artícu–
los arreglados en la Junta general del Cle-t
ro el año
1
6
8
2.
Dex.1rémos para el artÍ–
culo X todo lo que pasó· en ]a primerl de
estas disputas ,
y
hablarén1os de la tercera
€11
el artículo XV. En quanto
á
la segun...
da no podetnos ménos de exponerla aquí,
ciñéndonos
á
lo preciso. Las franquicias de
que
los Ministros de los Príncipes Christia·
nos gozan en Roma no se
reducen como
en otras partes al recinto del Palacio qu
habitan , sino
que
se extienden
á
todo el
barrio en ·que tienen su restdencia ,
y
aun
comprehenden Jas plazas
y
calles que com·
ponen parte del mismo barrio. Los Minis-
tros