GE.N~ttAt..
105
copal ,
será
6xado su nombre
en
la. puerta
Siglo
del Cabildo,
eh
la de
la
Catedra~
y
demas
XVI.
l ugares públicos ,
á
efecto de que si se co–
nociese
en
él algun
defecto
notable,
h~ya
la libertad de
ad~rtirlo
al Cabildo. Si nin-
guno hablase
con~ra
él,
hará su profesion
de
F~ ·
en
la
forma prescripta ,
y
obtendrá
las
Bulas de su Santidad ,
y
si
se
opone
á
su
promocion , será devuelto el negocio al
Rey,
q ue
juzgará
de
él segun
su prudencia.
2.
0
Serán ·
los Obispos hijos
de legúi–
m·o matrimonio, de
edad
de
treinta
años,
y
consagrados
públicame~te
por el Metropo..
li tano
asistido
de
dos Obispos ,
6
en
au–
sencia del
M'etropolitano ;
por
tres
Obispos
de la Provincia. Y no
podr~n
dilatar
su
con–
sagracion
n1as
de seis meses ;
despues de
ha–
ber
recibido
las
Bulas
del
Papa.-
3.
0
)
Los
Arzob~spos
y
Obispos
no po•
drán
ausentarse
de
sus Di6éesis
sin causas
legÍtimas.
Y .
si durase mas de
tres
meses
su
ausencia,
, expondr~n
sus
ra~ones
al
Metro–
politano,
y
éste al ·
Obispo
inmediato
'quan–
do
S'e
hallase en el
n1ismo caso.
Tendrán
su
residencia
en
la
Ciudac.L
principal
de
su Di6-
cesis ,
6
en el: lugar
que se
tenga por mas
eonveniente ·
para . el bien
y
servicio
d.e la
I glesia. Se .aplicarán al estudio de los libro-s
'
santos,
predicarán
por
si
mismos
ó
por su·
getos capaces de desempeñar
_dignamente este
etn-