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GE.N~ttAt..

105

copal ,

será

6xado su nombre

en

la. puerta

Siglo

del Cabildo,

eh

la de

la

Catedra~

y

demas

XVI.

l ugares públicos ,

á

efecto de que si se co–

nociese

en

él algun

defecto

notable,

h~ya

la libertad de

ad~rtirlo

al Cabildo. Si nin-

guno hablase

con~ra

él,

hará su profesion

de

F~ ·

en

la

forma prescripta ,

y

obtendrá

las

Bulas de su Santidad ,

y

si

se

opone

á

su

promocion , será devuelto el negocio al

Rey,

q ue

juzgará

de

él segun

su prudencia.

2.

0

Serán ·

los Obispos hijos

de legúi–

m·o matrimonio, de

edad

de

treinta

años,

y

consagrados

públicame~te

por el Metropo..

li tano

asistido

de

dos Obispos ,

6

en

au–

sencia del

M'etropolitano ;

por

tres

Obispos

de la Provincia. Y no

podr~n

dilatar

su

con–

sagracion

n1as

de seis meses ;

despues de

ha–

ber

recibido

las

Bulas

del

Papa.-

3.

0

)

Los

Arzob~spos

y

Obispos

no po•

drán

ausentarse

de

sus Di6éesis

sin causas

legÍtimas.

Y .

si durase mas de

tres

meses

su

ausencia,

, expondr~n

sus

ra~ones

al

Metro–

politano,

y

éste al ·

Obispo

inmediato

'quan–

do

S'e

hallase en el

n1ismo caso.

Tendrán

su

residencia

en

la

Ciudac.L

principal

de

su Di6-

cesis ,

6

en el: lugar

que se

tenga por mas

eonveniente ·

para . el bien

y

servicio

d.e la

I glesia. Se .aplicarán al estudio de los libro-s

'

santos,

predicarán

por

si

mismos

ó

por su·

getos capaces de desempeñar

_dignamente este

etn-