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-81- .

dcspnes de sn resurrcccion lajurisdiccion de Pastor

y

Rector supremo en todo sn rebaño diciéndole: •

A.pa

«cientn mis corderos: Apacienta mis

ovcjas11

(1). A es–

ta doctrina tan clara, tal como siempre ha e.ido enten–

dida por la Iglesia Católica, se oponen abiertamente

las perversas opiniones de los qne, adulterando la for–

ma :le gobierno establecida por Cristo Señor Nuestro

en su Iglesia, niegan que solo Pedro, con preferencia

á los <lemas Apóstoles ya considerados distributiva ya

colecthramente, fu6 investido

por Cristo

de

verdadero

y propio Primado <le jnrisdiccion, y tambicn las de los

que afirman, que este Primado no

fné

conforido inme–

diata

y

directamente al mi.;mo Bienaventurado Pe–

dro, sino á la I¡¡lesia, y por la Iglesia á él en calidad

de ministro de la misma.

toi

8

~!~~~n~¿ h~~~d~i~~~cs{i~~i~loB~~~,~~i~:t~~a~~d!J'f~~

Apóstoles y Cabeza visible de toda la Iglesia militan–

te por Cristo Nuestro Scilor;

ó

que el mismo Pedro

no recibió directa

é

inmediatamente de Nuestro Se–

ilor

J

esncristo el Primado de verdadera y propia ju–

risdiccioa, sino tan solo el Primado de honor; sea e:t

comulgado.

CAPITULO SEGUNDO.

DE LA PERPETUIDAD DEL PRIMADO DE SAN

LOS ROMANOS PON1'ÍFICES.

Pero era necesario, qne

Ja

institncion de Jesucristo

Sefior Nuestro, Príncipe de los pastores y el gran Pas–

tor de los creyentes, hecha en el Biecaventurado Pe–

dro para perpetua salud y perenne bien de

la

Iglesia,

por voluntad de su mismo divino Autor perse\Terase

constantemente en la misma Iglesia, que fundada so·

bre esa Piedraestaba destinada

á

durar basta la fin

de los siglos. "Nadíe jamas lo ha dudado, antes bien

(1)

S.

Juan,

X.XI,

15-17.

11