De los Derechos Eclesiasticos, que han de llevar los Curas,
assi Seglares, como Religiosos de este Arzobispado, y se ·
practica enel l!Or Orden, yMandato del Illustrissimo, yRe–
verendissi.moSeñor
Santo Tltorivio AlfonsoMogrobejo; Man–
dado publicarpor el
lllustrissi.moy
Reverendi.ssi
mo Señor D.Bartholomé Lobo
Guerrero, é imprimir por el
lllustri.ssi.moy
Reverendissimo Señor D. Fray Juan deAlmo
guera.Añadense de letra menor segun sus lugares las Declara·
ciones del Excelentissimo, é Illustrissimo Señor Don Mel·
chor de Liñan
y
Cisneros, por lo que toca á Indios, que
pagan Tributo entero, 6 medio, r eguladas segun las Syno·
dales de este Arzobispado, y se apuntan al pie alguna<> co·
sas, que con mas latitud se expressan en el .Aranzel ma·
nuscripto, que oy se observa,
y
esta fixado en el Bautiste·
rio de esta Cathedral.
Que lleven de un entierro mayor ele Españoles
en la Iglesia de la Parrochia diez
y
seis pesos,
y
quando fuere en otra qualquiera I g lesia, fuera de
la Parrochia, la tercia parte mas, que son veinte
y
quatro pesos (85).
(86) Por el Aranzel de la. Cathedral. Los mcsruos derechos
con en
con
los Qunrterones de Mulatos, y de Mestizo.
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