Table of Contents Table of Contents
Previous Page  18 / 198 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 18 / 198 Next Page
Page Background

~~~~------~----~---::~~-------·~------~-------

6

Regla

Consueú..

1

' ha

de tomar, si usan de contemplaciones que les hagan ca·

llar quando

de.ben

hablar ,

colHrnyendo

por

ello aqudlós

1

reatos

que ks hai

an

decir :

v~

mihl, quia tacui;

y

de

nues~

cr a paHe

protestamos,

que

~iendo

cont.umaz

el

P1csidenre

dc:l Coro

en

decescables

descuidos,

supliremos

su

negligen–

cia,

subrogando

ou o Zclador,

ó

tomando

las

d~mas

piovi..

dcncias que sean

confoimcs

á

Derecho.

ta)

.

·

CAPl'fULO IIL

DEL

ARCEDIANO•

H

i\vién ose

debuelco

á

la

ju1i,sdiccion ·Episcopal rodas

las facultades que por Derecho (

b)

tenl.á ·el Arcedíaoo, que.

da tsce

obligado

á

cxerccr

Jo que

antes .eta

de

su

oficio"'

solo

quando

el

Obispo se

lo

mand'are,

y

.en

esto

<;aso

·no

podra

escusa(se,

principálmentc si le comete

el ·

examen ·de

los

Clerigos

que se han de .ordenar;· pqrque "ene era

uno

· de

los principales puntos

ciu-e ·

pert.e..nedan

al Arcediano.·

11

Y.

a~nquc

.por Ja Erecdon de esta

Iglesia . le

compe.t\a .tam·

j ·

b.ien .minisnar al

Prda~o

quando

celebra

sotcmnemente,

1

debl:ra

hacerlo

d~

Diacono

Asistente mas -antigu.o en aque–

l

Ho que

le

{;Oftesponda;

porq·ue

Pr:e!lby

teto

A.s.istenJe.

debe·

!

s ~r ~I

llcan,.

~n

conformidad de.

Jo que

prev.ie.ne

el

Ccrc·

mouial . de Obispos (e)

c.onfirmado

p

or

Clemente

VIII.

lno.-

(

.a )

Bn

ti

Derecho <:s un

r~emedio conodd~

el

suplir .

~n Supe~ior

la

negligencia del

i11terior,

de modo que aun

fol

Prelados

respeéH~a¡nente

es–

tán su}etos en esto al

Metropoliraoó,

segun

la

forma prevenida por los

Canones. Y que

el

Obispo pueda poner Zelador del Coro,

e1

tan

dérto,

que ;;un puede poner Prefelto de

Coro~ Escarf~

3 tom. ·add. 38. n.

41.

:on

ld

Sagrada Congreg.icion del Concilio,

y

de Ritos.

(

b

)

De Offic. Archi<liac.

( &

)

Libr.

J.

cap.

7.