. ' -8
Re(Jta
.
Consueta•
ó
.
Cp,ro,
quien
_le recoovendra
quando
foere.
culpado
·en omi
siones de s.Q. ofii:;io, d,ar.iqo
cuepca al Pteladú,
ó
al Cabildo
1
Scdevacaoce, si fuere
necesario~
CAPITULO V. .
r.
DEL
MAESTREESCUELA.
p
oR
.el
Concili.o::deTrenw
(a) .
débe
enseñar
el .
Mars-
'
t~ e E~cuel.a
lo qµc al
.Obis
po 1~ par~_ciere,
y
.ror
IJ
l
rcc~
1
cion
de
t"Sta
lgles'ia
se
_le
asig.no·la
·Griamác.ica;
pt10
.,o..: ¡
mo
~sea
la.
enseña
el
Stlmroario,
y
pór . otra parre · es Ol as 1 ·
conveniente , q4e .
·hay~
Escucb
públi(a,
en que se propon-
!
g~r\
.y
resu eh·
an
Gasas
de
Conciencia,,
?arnque se
deúierre
¡
l ~
ignor~incia
de rn.qchos
Clerigos que
no
·pudieron
logr
ac
1
e~rudi~s
may ores
~~r
.falta de me.dios P?r
a
su,b~!slir
·
en
Jos 1
~ole_g1os:
·. sre.ndo as1m.ísmo
muy
necesa·rras.
y
ut11es -las
Con-
t~o~erci~s
Mo rn les, paraquc
~a
Diocuis
tenga
Nfi1
~f.su~s ~1u e
1
.
s1rv
a~ .
dtgoamente -
las
Doéh1oas,
y ·
o_cupen
los
Conn:sona~
, riQs
,'
y .
Púlpitos, sin ignomioia del Escado :
mandamos
que
¡
hay~
..
Co_n_fcrc:nc¡;ias
:liot"~fe~
en e,íla
Iglesia
Carhé~ral
cada se-
¡
J
mana
~na
vez.
el
d1a
Viernes ,
o
·quando ·
eíle- tu ere
ocupa·
.
~o,
.en
ottp_,
.
y .
que
las ..
presida
el
MaefüeE~cud~
P,º'
~Í,
1
1
o por sosunuo
propueílo
al
·Prelado •
y -
apro,bado
por el.
1
Y fqecLar.a
mos
y
que no
se
le
añade .
ob!igacion
a
la·
Digni–
d ~ d
·de_
- 111adtre~scuela.
sino
que
s,
Jo_,se .
Je
commuca
'Ja
de
.enseñ.ú
L.<Hinidad, en
QU
a
m.asdeccme,
sin contra_vcnir
al
Ca:pírulo de .E·reccion,
ni.
a·la
Ley .
Real, ('b} c:¡ue pre-\' icne
. ;)e_.-
gu arden
ún.
aJrerar
las .
Ereccion~s
de- ·las
Jgle~ias;
porque
el
mismo
Prdado
que hizo
la
de
esla
Cathcdral,
añade
en
c on ~
·t
a)
Sds.
2
3. Je Rdormat. cap.
18-.
'
t
(
b )
Ley 3.
tit.
20.
lib.
1 • .
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