r
9
~oodu
ion: ciuc
~omo
los• casos que ·
de
nu,vo
acontecen,
nec~siun
de
nu~V.o
auxilio
foscr.vapara
si,
y
los
So~ci:'º'
es
la facultad pJcnís-ima de
cnmeradar ,
ampliar,
y
or–
dcn.H
poscerÍOfU\G:OCC
Jo .que fucre2
<Jpor
tuno,-
y
conducen ·
te
al si:rvicio
d
Ja
·lglesi1L
por
lv
que,
us~ndo
de
Li
a1i~ma
pocesrad
que
nos
dexo
Ja
ErcGci.on, (
a)
le
subrogamos
lll
1
M.acscrcEscucl•
Ja pcmiqn ·de cnseií_ar Moral por
la
d~
enseñar
Gr~•mática
•
sin embargo
de que parecía t:ximido
d~
la
segu1Jda por
Ja
doétrioa
del ,
Seminario, respeéto
a
que
por d capículo
,de
Erc~cion,
no
solo debía enseñar
La–
tinidad
a
los
Clerigos,.
y .
sir.vientes de
la.Jglc:sia,
sirH>
ram·
t
bien
a
.codos los
l>iocc:sanos que
qoi!.ieseA
oirfa
6
apr~n·
derla;
.y
como
Cfl
.c:íla
.panc
no .
lo. dcsc.arga
el
Seminario.,
j,L1fiame~cc
pQdiamos
cmp~ñadb
.al
.cump>Li.mienc.o
'de
su
ob.Jigací9n,
y
Jo praélicam·os
sunrogjndole~
por
causa~
su·
ficicnces,
111
Regencia del Moral;
1
y
paraquc eíla
se
verifique:
con ordeo, se observaran las
rcglat
siguientes,
relativas
á
las
1
personas
qut han de
a~íílir
·en
fas ·
Conferencias ·
lHoraks,
y
al .
modo
con
que
ellas se..han de gobernar para
el
rua:–
yor aprovec-hamicoco
dd CJcro y
,ucilidad
publica.
la
Sa–
grada C<:>ngregicion (
b
·)ha
declarado
a
los Obispos fJcul ..
cad para llatmar:
á
la.s
Conferencias
Murafe\
aun
a
los
Ca.
nÓnigos,
siendo.
Confesores;
y
auoqu·c no
queremos
usa~ . de
ella en coda
~u
cxtcncion .
y
rigor ; pero
a
los PtclJdos les
sera
siempre
libre dispooerr en
dle
ardcufo Jo que p:uccit–
re con ve oientc
a
las
circonfiancias del tiempo.
y
por
lo
demás·,
exhórtamos
á
todos los indivíduos dtl Cabildo ,
y a
cada ' uno ·eo parci,ular, paraque á
lo menos,
á
fin
de .autori
zar
cst.a
especie de Asambleas,
y
para ilustrar
con
sus doéhi-
( O)
nas
(
4 )
Num. 41.,
y
ult.
( /J
)
·Trae los Decretos
Monacelo
e~
el
tom.
1
~
dé su Formul. leg. rit.
13 .
.forin.
15.
n.
2.
y
3~