:S:LYI
TOMO 3º
Pág. 40 lío. 24 antes de la cita (59). Ello es que aunque
r~h usó al princip'io, al fin con currió á Sens, como años despues
á
lteims, para conocer en la causa
ele
Gi lberto de la Porrea (59).
Si F acundo
Pág. 112 lín. 15 despues de R oma
Mas aun cuando permitiemmos por un momento, qu e el tex–
to de San Lucas se entendiera en el sentido de la Curia, bas·
taria para llenarlo cumplidamente la concurrencia del P apa por
medio de sus L egados, instru idos al·r aso, como lo estarían los
de los clemas obispos;
y
el sttcesor de Pedro con firmaría
á
sus
hermanos, sin tener doble sufrajio, ó fa llar dos ''eces en una
misma causa.
159. Oontra.pongamos
Pág. 125 lín. 16 despues de quería
;-y
qn P. uo se proeui·t'ba
como un nu evo requisito, sino como la t'epeticiou del consenti–
miento del Concilio de Constantinopla al de Roma,
y
de este
otra vez al de Constantinopla-ortodoxo;
.fidei l•;cmn
VOBtSCU!t
e
lare prmdicaJVirnu,s; quam, ·nt
I'!'F:Ru~t
&n .
Segun esto,
P ág. 151 lín . 37 clcspnes de (316). ' i la Cu ria p retende qu e
la palabra
CO'!firm(l-r
ba de entenderse de un modo en el P apa,
-y
de otro en los Obispos, alegue razones para fuu.dar la diferen–
cia, porque sin o, probará su l)l'Ctension por ella misma.
212. En
P ág. 198 lin. 23 despu es de-ó no? Yean pues nuestros lec–
tores, que la funcion ejercida por los concilios ecuménicós, no
era la de dftl' test.imonio ele haberse observado las condiciones
exteriores,
permítasenos llamarlas asi, como las de que hablamos
antes, para conocer la lejitimid ac1
y
ecumenicidad de los conci–
lios, sino que éstos entraban en el fondo del asunto, para exa–
m inar su
mérito,~-
aprobar
ó
rep robar lo definido por los Papas.
269. E llo ce
Pág. 344 Jín.
20
despues de, propio Montano;
y
cuando entre·
los errores que repr ueba, numera ol de los Cataros, que nega–
ban que "la I glesia de Dios pudiese p erdonar
todos
los peca–
do~'
es suponiendo siempre como cier to, que las llaves fueron·
cla.aas
'í.
la I glesia-nobmt
c1·ede1·e da.tas E cdcs-io; claves;
espresion
que favorece mas
,1,
nuestra sentencia, en vista. de la circuns–
tancia de que nos eneargarémos luego.
Pág. 346 lín. 3 despu es de poder?
Dcspues
d~
haber impugnado San Agustin '' Jo Luciferia-
1\0s, se contrae al error de los Cataros, que "negaban á la Igle·
ia
tlé
Dios
el
poder de perdonar
todos
los p ecados ;"
y
para