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ADICIONES AL& SEGUNDA PARTE.

TOMO 1°

P ág. 62 lín. 3 dospues de

nosotros:

la pretcnd ida concunen–

cia supone p_robado el derecho de concurrir, justificado el titu–

le do Ol?ispo universal,

y

salvado el inconveniente de que hubie

r aen cada Iglesia dos obispos ; puntos sobre los cuales no tene–

mos que añadir á lo dicho anteriormente.

P ero mirando bajo de otro aspecto la concun encia, discur–

rn.mos nsi: cua.ndo

P ág. 237 lín. 37 despues de

confecta.

Los que han leido con

· ojo penetrante

y

filosófico los pasajes del nuevo testamento

á

es-

te propósito, han ,·jsto que San P ablo prO\'OCó la reunion del

Concilio, para atraer á sus ideas á los atJóstoles

y

fieles de

l:1

Palestina, teniendo el arte,

ó

sea la delicadeza, de oscurecerse

entre los que habían tenido la gloria de vivir con Jesucristo.

,

Mas prescindiendo de est a consideracion,

y

at eniéndonos á

la

letra del texto, basta su sencilla relacion para pensar

Pág. 321 \in . 3 despues de la cita (460) . En el mismo año

atacó fuertemente un teólogo á J anssens, autor de la

H ermene7b–

tica S agrada,

por haber admiti"do

el

movimiento de la tierra.

("Estudios sobre la histor. de la humanidad," por L a urent, pág.

192 en la nota (2) , cdic. de Gante en fran cos.)

Digamoslo

Pág.

365

despues de la cita

(153). '

A l rejistrar nuestros lec–

t ores el citado cánon de L eon IV observen, que en él se pone

h ablando de las decret ales-q'""

kabentwr

apu,d

nos simul

<wm

ca–

nonib,.s,

mientras que en la coleccion de Coleti, tomo 9 coL 1027

se lee

asi-súnul wm illis in ct11itone,

lo que tambien se advierte

en el márjcn del p rop io

Decnto:

G

raciano decia al principio de

la

D islincion,

que " igual valor tenían las decretales

y

los cáno–

ncs"-decretales

epistolce Cll!lwnib"s conciliorum pa·ri

jwre

exaqu M I},ur :

de modo que Graciano adelantaba la variacion del texto.

~

TOMO

2q

Pág.

56

!in. 37 despues de

Iglesia,

y

á quienes ninguna autori–

dad les rcstrinjiora su jnrisdíccion, como dcspucs la han res–

trinjido en los obispos, E sta

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