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2.J

procurada no dilatar tanto su respuesta ,

y

estarfa prevenido de

documentos, que no crey6 necesarios ; porque sin ellps no se

hubiera dudado de todo lo preguntado , si lo dixese un Conse–

jero de S. M. : y teniendo los Obispos sobre este honor

el

de su

altísima di<Tnidad , se juzg6 acreedor

á

esta justicia..

8

2-

Al

mismo tiempo que se escribi6 al R. Obispo laCar ...

ta antecedente de

6

de Diciembre , se pasaron los oficios,

y

ex–

pidieron las demás- 6rdenes, que pidieron los Srs. Fiscales ,

~

mand6

el

Consejo en su Auto de

2.6

de Noviembre de

1766,

sentado al

núm.

7

5 ,

para instruir plenamente este expedienté. Y

con efecto se hán traído de la Secretada del Despacho Universal

de la Real Hacienda los papeles odginales conducentes, y se hán

evacuado todos los demás informes

y

diligencias mandadas.

8 3

Para proceder con la posible claridad , há parecido

oportuno dividir los puntqs, que comprende

el

R. Obispo en el

informe , que hizo

á

S. M. con fecha de

2.

3

de Mayo de

17

6

6,

colocándolos por

el

mismo 6rden que los propone ,

y

á

comi–

nuacion de cada punto sentar lo que resulta de los testimonios,

con que apoya algunos casos particulares, y despues lo que cons–

ta de los demás documentos

é

informes traídos al Consejo, en

virtud 4e sus 6rdenes , para justificar la certeza de los

hechos~

PUNTO

PRIMERO~

S

obre la

administracio~

de

la gracia

del

Escusado..

'84

EL

primer punto, que expone

el

R. Obispo en su re..

presemacion de

2.

3

de Mayo de

1

7

66,

se reduce

á.

quexarse de que se administre la grada del Escusado ; de

~que

no se recaude por Concordia , en cuyo conceptO dice creer los

Obispos

y

Cabildos haber sido prorogada , especialmente átenoo(

diendo

á

las regulaciones , que se hubieron de hacer párá la

{mi..

ca contribucion , de que provino la prorogadon última; de que

los Arrendadores

y

Execurores cometen varios excesos ; de loi

quales se siguen los perjuicios; de que solo se cobraban por las

Concordias

2.

5

O'(J

ducados,

y

por la administracion actual pasan

de once millones de reales los que se exigen; de que no se paga

'Subsidio de los diezmos, que se sacan de la casa mayor dezmera.

escusada , de no contribuir estos

á

los gastos de las fábricas de

las Iglesias ; de haber quedado muchos Curas sin competente

c6ngrua ; ser pocas las que se hán dado,

y

rezelarse dificultades

en las que se hayan de asignar; y de verse precisados los partÍci•

pe~