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,~na
de cláusulas piadosas,
y
dignas
de un CARLOS III, que me–
" redan escribirse en letras de oro, para que sirviesen de decha–
" do á los venideros.
1 1
8
9
,
Explicó en
2.
3
de
M
ayo
el
Obispo de Cuenca los
, pretendidos agravios de las personas,
á
los bienes y á las Igle–
" sias con vaticinios funestos y melancólicos ; increpándolo rodo
, con un rono no correspondiente al asumo, ni á la augusta Per...
d
V
M
1
•
d'.
1
"sona
e
.
, a
quten se mgta.
·
1 1
90
,
Continuando
V. M.
en dár exemplo de rectitud
y
,, de un verdadero deseo del acierto , y prosperidad pública,
, tubo á bien remitir en diez de Junio
dél
mismo año al Con–
,sejo todo este negocio; sometiendo las principales acciones de
,, su Reynado á la censura y juicio del primer Tribunal de la Na–
'' cion; y para darle rodo ensanche en el que formase , ordena
,,V. M.
al Consejo pidiese los Expedientes y Ordenes, que se hu–
''
bie~en
causado sobre los puntos , que toca en sus Cartas
el
, Obispo, sacándose de qualesquiera Oficinas
Ó
parages donde
, se hallasen.
·
.
·
1 1
9
1
,
Correspondió
el
Consejo á las justificadas y au...
''gustas intenciones de
V. M ,
~briendo
sobre todos los puntos
, una especie de audiencia instructiva
~instrumental.
Traxéron–
" se los Expedientes originales :
pidi~ronse
todos los informes que
"decia
el
R.Obispo,
.y
aun orrQs mas' para completar
el
examen;
, y sobre todo se mandó infot:mar, y oír ·de nuevo al mismo
R.
,,Obispo, con encargo de que produxese los documentos autén–
'' ticos en comprobacion dt sus aserciones , que tubiese por con–
'' venientes ; habiendo execut'ado este s·egundo informe
despue~
,, de algunos recuerdos, que
cm
el
asumo se le dieron: De mane–
" raque ni há pedido may<?r instruccion aquel Prelado, ni pue–
_,,de quejarse de que
el
Consejo se haya dexado de franquear
á
,,oirle plenamente, y averiguar la verdad por
~uanros
medios
y
,,conductos podía adquirirse su conocimiento, a pesar de la mu–
" chedumbre
y
diversidad de especies , que hadan prolixo
el
Ex–
" pediente.
1 1
9
a
,
Los Fiscales de
V. M.
por
el
órden , con que el
R..
, Obispo roca las materias, hán puesto en su debida claridad los
,, hechos,
y
trahido
á
su genuino semido las reglas del Derecho
, Público , Civil
y
Eclesiástico, para convencer de inciertas, ca–
_,,lnmniosas
é
insubsistentes las quejas
y
declamaciones del
R..
, Obispo de Cuenca, apuntadas por mayor en su Carta de
r
5\
,,de Abril,
y
extendidas por menor en la de
2.
3
de Mayo,
ratifi–
, cándose en lo que anteriormente tenia expuesto.
Yv
):>Creé..