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3..
Qg.eda sentado nú–
merQ
121.,
Piez.
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fol.
1 ..
y
siguientes.
Q!!eda untado nú–
mer o
I
19.
'de S. M. y de lo que con mayor conocimiento reservaba deter–
minar' se sobreseyese por entÓnces en la exaccion de los diezmos,
que se impugnaba por los partÍcipes, oponiendo excepciones,
capaces de impedir la execucion de la gracia , como que eran
relevantes,
y
á
esto se añadía el presencarse ya justificadas ,
Ú
ofrecerse su justificacion, y ser practicable dentro de
el
término
breve que sufre un juicio executivo, sin que de otro lado se hu–
biese hecho constar por parte de los Administradores
y
Arrenda–
dores lo que era necesario para procederse debidamente
á
la referida
execucion ; pero quando las reclamaciones de los parrícipes eran
con motivos, que aunque se probasen no podrian sufragar, pa–
ra suspender la execucion,, ó por no relevantt;s , Ópor pedir tnas
alw
conocimiento, que
el
permitido en una causa de suyo exe–
cutiva ,
y
sumaria, énrónces desestimó los recursos, dexando
executar la gracia sin embargo de ellos.
1
57
~e
este modo de proceder (que le pareció tan con–
forme
á
las disposiciones de derecho , como contrario
á
ellas,
que hubiese de estar en
el
arbitrio de la parte agraciada , exe..
curar la gracia donde,
y
como le pareciese, y se privase
á
los
interesados en los diezmos de su derecho
y
posesion , sin que
primero fuesen oídos) disgustó de tal suerte
á
los Administrado..
res y Arrendadores y al Fiscal D. Fernando
Gil
de la Cuesta , que
habiéndose quejado del Sr. Comisario, como que inordenada..
mente impedia la cxecucion de la gracia , mirando con des–
afecto los intereses de S.
M. ;
se vió obligado
á
sincerar su con–
ducta por medio de una representacion , contra la qual hizo
el
Fiscal otra,
y
S.
M.
rubo por conveniente,
á
vista de la contra–
riedad con que opinaban, nombrar una Juma, compuesta de va–
rios.Ministros, para que examinados lospuntos, que
el
Fiscal pro–
puso por escrito, informase
á
S.
M.
su parecer acerca de ellos:
lo qual execurado , se sirvió S.
M.
expedir su Decreto en
1
4
de Enero de
1
7 6
2.
en la forma que podri<t. ver
el
Consejo , por
la copia que incluía de él , baxo del nÚ?lero primero ,
j~nto
con
el
extracto de loque motivólaformacionde dicha Junta
,y
se
tu·
bo presente en ella ; debiendo prevenir, que los Administradores
y
Arrendadores, por solo estarse tratando en la misma de las
facul~
rades que se le disputaban por
el
Fiscal , se creyeron libres de obe–
decer sus providencias; y habiéndose quejado de ellas
á
S.
M. los
Administradores de los Partidos de esta Corte,
y
la Ciudad de
Alcalá en
I'4
de Setiembre de
1761
obtubieron.
la
6rden ReaJ,
de que acompaña. tambien copia con
es~e,
baxo del
núm.
2,
X