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145 -

y

de poner limite

á

las venganzas

y

guerras

privadas que hacian de la Europa un campo per–

manente de batalla, estableció la Iglesia varias

instituciones entre las que es muy célebre la

llamada

Paz

y

tregua de Dios

(1041 ). Segun

esla institucion era prohibido todo ' combate

particular

y

toda hostilidad y acto de venganza

privada desde el Miercoles por la tarde ha sta el

Lunes siguiente; concediento la Igl es ia indul–

gencias

á

los que observaban y penas religiosas

y

tempornles

á

Jos violadores de esta institu–

cion que produjo los mas benéficos resultados.

Posteriormente la

Tregua de Dios

se hizo ex–

tensiva desde el Adviento hasta la Epifanía;

y

mas tarde se hizo perpetua para los Sacerdotes,

peregrinos, cultivadores

y

animales de labranza.

Asilo

-

Tambien estableció la Iglesia el

Derecho de Asilo.

Segun él todo perseguido

que se refugiaba al pié de la Cruz disfrutaba de

la paz de la

Iglesi~

y debía ser perdonado. Con

este objeto había en los templos uña sala lla–

made

r·efugio;

cerca del altar se vcia una pie–

dra en que se sentaban los perseguidos, y por

Ja parte exterior, anillos de fierro enclavados

en el muro para que se tomaran de ellos

y

fueran perdonados.