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No hay crímen que no pier<la su deformidad, ·cuanoo so pretesto de haber
sido ejecuta<lo en el hogar doméstico, se oculta
y
tolera por la sociedac,l en que
vivimos, Los vicios que relajan la moral, los delitos que corrompen las cos-.
tumbres, cuando se velan tras las sombras del misterio,
e~labonan
en las tinie–
blas una cadena de crímenes para cuya prosecucion se hacen necesarios el co–
hecho de unos, la delincuencia de otros, la difamacion de aquellos,y casi siempre
la
pérdida del inocente,que
por
lo comun, sucumbe víctima de
la
íntriga _y per- .
ver:;idnd de los actores del crímen. La mujer auúltera, por ejemplo, para ocul:. ,
tar su infamia, principia por busc::.r,complices
á
que corrompe, prosigue enga- .
:fiando al enjarn bre de sus necios adoradores. y acaba por perder
y
sacrificar
á
los hermanos, amantes y esposo que creyera obstáculos
á
su disolucion. De- ,
litos semejantes, pertenecen al dominio dl'l público: ocultarlos seria
conse~tir
los, seria darles pábulo: ellos deben ser revelados
a
la sociedad, ya para que :
<'Sta rechase de
su
seno al que inicuamente la hiera, ya
para
evitar la prosecu–
cion de hechos que . desapersividos, como he dicho, cohechan, corrompe\!, difa–
man,
y
por desgracia lejos
de
alcanzar
un
ca~ tigo,
tras el velo del sigilo se
ali–
m...·tan
y.
fortalecen con mengua del inocente agrabiado é impunidad del delin–
cuente ag1:esor. Ue estos delitos son en mi concepto, el filicidio, el adulterio,
el
envenenamiento intentado,
y
todos aquellos para los cuales, por su dificil pro- .
vanza, las leyes son insuficientes puesto que e perpetuan en las tinieblas, sin _,
rastrro alguno
y
sin mas ejecutores que los delincuentes.
En casos tales, cuando el poderío <le las leyes es ineficaz: cuando
á
pesar
de lo que nos dice la esperiencia no se encuentra código alguno que haya po–
dido prever el límite de ciertos exesos: cuando por falta de testigos no se pue–
de probar lo que Ja conciencia ve, Jo que la conciencia dice, las sospechas ali- ,
mentan, les indicios sostienen,
y
la conviccion palpa; solo por medio de la afren–
ta·
pública se puede contener
á
los que pecan contra las leyes de la naturaleza:
n
esos monstruos que en su desenfrenada lascivia no respetan los víuculos
mas
sagrados, porque las leyes,
r~pito,
no alcanzan
ni
á
prever de cuanto es capas
un corazon corrompido.
La
ley pue<le condenar
á
Pedro por haber muerto
á
Juan,
o
á
·este por no que·rer pagar lo que
á
aquel deba apoyandose en Ja pre–
sencia del
cádan~r,
en el instrumento con que se ejecutó el
homicidio~ .
en la
enemistad conocida, los íntereses contrapuestos, el documento otorgado, infini- ·
dad de otTos indicios,
y
finalmente hasta en la confeEion del culpable: pero ¿en
qué
se -apoyaría un juez, para castigar los delitos contra la moral que por su
na–
tural
e~
no
dejan
ra~t1io
alguno, cuya duracion es de instantes, y cuyos testigos
no
son
otros que 19s mismos delincuentes, de qu:enes imposible
es alean·
~ar
la confesion ·
Que hará
la
ley cuando
por ejemplo,
se acu:se
á
un
padr1u-
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