PRACTICO.
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rando enteralnente de nuestro
ani~
1110 toda
la
an1argura, que en él se
huviese introducido , no solo por
ser esto lo ll1as justo, sino por ser
Jo
l1las util,
y
conveniente. Pero si
nada bastáre
á
esta reunion necesa–
'ria, no por eso debenlos pensar
7
'que quedanl0s libres de la obliga–
cion
de asistir con nuestras perso–
-nas, ·y aun con nuestra hacienda,
en
qualquier caso honroso,
ó
prove–
choso ,
á
el ll1as injusto pariente,
y
·'de quien lnayores razones
de
quej~
podanl0s tener; de que resultará su
entera reconciliacion:
y
dado caso,
que
esto no sucediese,
á
10 ll1enos
satisfaré1110S
á
el cU111}?linliento de
l1u~stra
obligacion,
y
no darén10'
1110tivo
á
los
extraños de ehtrar
á
dis..·
·currir en las causas, que puedan
ha-
vernos hecho faltar
á
ella, haciendo–
.Jos con esto jueces de nuestras cosas,
I
•
y
~
nos9tr05 reos, con
una
CIerta
\
y
3
com-