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PRACTICO.

~

339

cos '

~

ligarnos inseparablemente

á

..

aquella~ per~onas

.con quien los te–

,nelnos;

y

podeluos decir,

que

.par'l

conservar

est~

union,

y

la cordiali–

dad necesaria

á

ella, debeluos v41er-.

-nos de

to~os

10s

nledios, qije para

con los nlis1110S . hennanos ·,

aunqu~

no

~on

igual precision ,

y

estr~chéz~1

Pues no haviendo caso "qq.,e,pueda

.obligar un hern1ano

á

llegar

á

la>

manos, ni al ron1pitniento ,. en al¡- .

guno puede suceder esto con

los

dej'

más parientes; pues no estando ell

nuestra lnano el elegirlos justos,

y

honrados, puede dár lnotivo .

~

ellQ

·la

precisa obligacion

de·

cada un<;>

.en defender el honor,

Ó

]~

.hacien–

<1a, que son las unicas causas :,

qu~

rpued~n

darla legitÍlna

,de

rOlnpin~ieq~

.to

entre personas ligadas

~on

el.vin–

~ulQ

de parentesco.

Y .así

solo

di-o

rémos ,

q~é

el alltOr de ellas incurri...

en,uno! de

los.mas

gray~~

"y

pe~-

~

\

. y

Z

jLt-