2.
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EL
HOMBRE
tes se ha linlitado este gravanlen
á
un cierto nunlero de posetdores."
que donde se ha hecho perpetuo
~
ha
sido en sus principios, con conside–
racion
i
tan señalados servicios,
y
á
tan gran lustre,
y
Nobleza ., que
no
podrán concurrir sen1ejantes cir–
cunstancias en el nlayor Estado, sino
en 111
U
y
corta cantidad de persopas;
y
asi , que
10
que en esta fo.rll1a p
dia no ser pernicioso
á
la causa pú
blica,
y
aun en cierta nlanera serl
util, concediendose
á
todos los qu
10 quieren,
y
aun pudiendose tonla
facultad juridica por
sí
propri05 pa–
ra hacerlo en gran parte de sus bi
nes , parece que son innegables 'en.
esta generalidad los inconveniente
referidos e.n todo el cuerpo
de
este Discurso.
DI