PRACTICO.
2,
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~ideracion
de los honlbres han dado
principio á lo qu en esto vernos
praaicarse, queriendo cada
uno
per–
petuar
en su
fanlilia,
Ó
cOlTIunidad
la
pose ion de lo adquirido por
in–
dustria propria,
Ó
ll.lercedes
de
los
Principes;
y
causando ll1uchos
dá~
ños, é inconvenientes de que
sea el
prinlero, por lo que ll1ira
á
las ren–
tas públicas,
la
gran dis111inucion
de
las establecidas sobre las ventas,
y
C0111praS , que es uno
de
los
tri–
butos ll1as justificados, luenos gra–
vaso,
y
ll1as facil de percibir
á
el
Principe ; porque: si
el
principal
d
\ las
pose ~ iones,
que C0111pOnen el cau–
do¡ 1
de los habitadores
de un
Estado,
inlporta, por exenlplo,
tUl
111illon,
y
los bi nes ll1uertos SU111aSen
las
s tercias part s, se vé con eviden–
cia, que
otro tanto 111enos valdria
el
tributo establecido en sus venta ,
y
cOlllpras.
Y
por lo
qu'e
luira '
1-
R
4- .
bue-