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INSTRUCCION
PRE\fARlA
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legnJ ,el veredicto
á
los actos
practicados
por
lós ,<'1ue
ejercen
fnnciones
públic:is, está
obligado,
á,
su',
Ve~,
á
reunir las condiciones •1ue la ley
ch~il
exige
¡fa–
ra el ejercicio de la ciitdadnnín.
La inteli!!en cia en
los ilustrndos
no es
el
dett•–
cho
para
di~~'ernir
por
otros:
es
(~l
poder
clt~
In
su–
vremada sobre los pueblos,
cuando
estos
delegan
de hecho, su potestad civil por incuria
ó
pói•
stt
atrazo
en la educación popular.
,
Los Estados Un idos de
Norte-América
l1nn
he–
cho prúctico el
Gohi(~rno
democrátic.o
porque el'I
una verdad la ciudadanía;
y
es rma
verdacl
la
ciü–
dadanía, porque el pueblo
~s
ilustrado, es
' fü~cil-.
ha, recibido
la
Instrucción Prinutri:t
popular.
El voto diri::cto, verdadera-
manifestacicSn
de la.
democracia,
estlt
prose rito
entre
nosotros, no
sólo
porque es
necesario
saber leer
y
escribir
paT~t
ejer–
cer
la.
ciudadanía, sino porque
reuniendo
esta
con–
dición se necesita la
cultura
nacional que
ch1
fo
Insti•ucción.
Si la novísima
ley
de
Municipalidadf"s
estable–
ce
pan\,.
su
formación
el voto
directo.
hacieudo
electores
{1
lo:·
mismos
ciudadanos, prob<-!mos
qne
nuestra huena volun
tad Ym1estra
libre
unión
corresponde
á
m1eRtra
form.rtd e n1ocrática~
hnr.ien–
do práctico el precepto
de
la
in:'4trucción o-bliga–
toria, única
garantía
de la verda.d del
sufragio.
Los adultos que no saben
lePr
ni e:-;c rihír están
proscritos de las urnas eleccionarias, privados por
consiguiente de sus
<lerechoH
poH.tie:os, porque el
que no puede ser elector no puede sei·
elegido:pena
que la
ley
impone nl que
n<)
ha,\
cnmplido :con el
precepto de Ja instrucción
oblig·at<>ria. ·
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