TABLA.'
Aél:o fobre la Villa defpoblad:i del Real,
Aldeas,y terminas
~e aqu~lla.
fol._lxxxíij.
Aél:~qlle
los Diputados,
ni
Adm11111lrado–
res del general , no pu.edan fer contado–
res,eo ciercos cafos ,
ilt
aun Diputados
lo~
dichos Adti1iniflradores.
fol.lxxxiiíj.
Aél:o diípouienre,que perfonas han de pa-
1
gar drechos de
gene~al.
. ·fol .lxxxv
t
.
Aé1:o por el qual fe d1fpQ11e·,que los cenfa–
les cargados febr.e
el
general de Aragon,
en el ai1o mil quíniencos creyma
y
rres,fea
hauidos por femenciados.
fol .lxxxv.
Aét0
q
limita
y
reduze a
feyfciéc~s
libras,
las mil treciemas libras,que-los Diputados
del Reyno,renian faculrad de gaíl:ar.
85.
Aél:o por el qua!
fe
difpone,que los cenfa–
les
cargados fobre el general de Aragon,
eu el afio mil 'quiniétos rreynra y fiete, fea
hauidG>G porfemenciados.
fol.lx?CX:V·
Aé\:o por el qua! fe difpone,que
los.cenia–
les cargados fobre el general de Arag011,
en
el
afio mil quiniencos quarenca
y
do~,
fean hauidos por fencencia'1os. fol. lxxxv1.
Aé\:Q por el qual fe difpone que los cenfu–
les cargados fobre el general de Aragon,
en el año mil quinientos quarenra yíiete.'
fean hauidos por fcmenciados.fol. lxxxvj.
ACt.o
para que
Ce
obtenga confirmacion
de
fu
Sanél:edad de los foeros de Pra:lam–
ris,y de competencia de jurifdicion.
86.
Alto para poder edificar ,
o
redificar caías
de apoíiento en
Mon~on,
para los llama–
dos a cortes.
fol.lxxxvj.
Aél:o de
comifsio~1
de
la
reformacion de
los foerGS.
fol.lxxxvij.
Aél:o de!Coroniíl:a de!Reyno deArago
8j
Aél:o de vieda de facar oro del Reyno.
fol10.
·
·
lxxxvij.
AEto que los céfales car<>ados fobre el ge–
neral de Aragon,en las
~ortcis
del año
i;nil
qui"tüencos cinqllenca y dos;
y
cipqllenta
y
tres,fean b.auidos'poF feorenciados. 87.
Aél:o-de poder
par~
ord .enar los fueros,
y
aél:os de corre,de los memoriales fuplica•
dos al Príncipe Don Felippe nueíl:ro
fe–
ñor, en las corres celebradas
en
los años
mil quiniemos cinquenta y dos,y cinquen
ta y eres ,
fo
rubrica: Poder para ordenar
los me¡µoriales.
fol.lxxxviij.
Aél:o de poder Cobre la reformacion de
los veíl:idos.
fol.lxxxviij.
Aél:o de la prorrogacion de los fueros del
Confejo
de la Audiencia Real,y de la cor–
te
del lu
flicia.deAragon.
fol.
lxxxix.
Aél:o de
la protrogacion de los fueros cri-
minales.
fol.lxxxix.
Aél:o de la Val de Aran.
fol.lxxxix.
Aél:o del officio de Dipucados, y de la reú–
dencia y falario de aquellos.
fol,lxxxix.
Aél:o del fal;irio ae los Porteros delos Di·
putados.
fol.lxxxix.
Aél:o de los drechos del general.
fo!.xc.
Aél:o de limofna del Hofpital Gen
eral de~arago~a.
fol.xc..Aél:o
cld
augmemo de falarío de
Cance –Jler de las competencias.
·
fol.xc.
Aél:o de officio de Diputados, y d
e otrosofficios del Reyno.
fol.xc.
Ac1:o de los
emol~1:iétos
de lo.s ve;
guerosde la coree del Iuíhc1a de Aragou.
fol.xc.,- Aduiercafe que el numero del folio que
(e
ha1lara
~I
principio
de
·cada Aél:o de Corte,
es para faber
el
oumero
1
de las fo1as de los reg1füos de donde
f~n
facados,
De
las Cortes
de
Monfon.
I
5
S5·
D
E
prorrogatione
fororú
criminaliú.
89
La abiliracion del Príncipe para rcncr
cortes.
ibidem.
Abiliraciou de Vicecanccller.
ibídem.
.(\bilicacio de\Doél:or Fráciíco Seil'e.íbidé.
.A
bilicacion del lugar de !3inefar.
90.
Abiliració del d1a dePafsio Imaginis.ibidé
De
tas Cortes
de T
111·afo1111.
I
5.9
2 ·
De la Vníon
v
Concordia.
ibidem.
De los Corue'ndadores de S.Iuan.
9
1•
Limofoa para el Hofpital de nueíl:ra Se-
ñora de Gracia.
ibídem.
De los Porceros de
la
Dipmació. ,
ibidé.
De los Notarios
y
eícrirnras del¡¡ Dipu-
. cacion.
·
92.
De los Comi!farios de Viedas;
ibidem.
De infeculacion de Perlados en los oficios
del R.eyno.
•
.
ibídem.
~S
fe
mude el General.
ibidern.
De la Vnion y Concordia del Sanco Ofi-
cio en el pre[eute Reyno:
93.
Fi!l de
Ia
Tabla.