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·co

89

ACTVS.

CVRIARVM ,;

PER

CAT uLICAM, ET REGIAM

MAIESTATÉM

DOMINr NOSTRÍ Í'HILiPPi RE

G

i

S

ARAGONVM;

IN CVRIIS MONTISSONI .tEDITI. ANNO

1585.

De

prorrogatione

fororum

crimi~alium.

L

Rey nuefiro feñor, la

50

tad para con.fervar fus Reynos

y

Seño<

Coree

y

quarro bra'ios

rios,y fu falud

de

fu perfona Real, fera ne

de

aquella, prorrogan

y

cersitada rdidir perfonalmcnce fuera de

concinuan halla las pn-

los Rey nos.

y

Corona de Aragon. E fien-

meras Cortes geoera- .

do abfc:iite fu Mageílad, podrian ocurrir

les,

o

particulares del

cafos

y

caufas rcquirieme.s colebracion

y

preícnre Reyno de Aragon,los fueros he-

conuocacion de Cortes, las quales no

fe

cho• fobre lo Criminal en las Corres de

podran continuar; fenecer, ni acabar,

lin

Monc¡on,en los años

t

510.1512.

y

los otros

hazer grande falta a fus Reynos y Seño•,

fo

eros de lo Criminal hechos en las cortes

rios,

y

poner

e~eligro

fu

falud. P1.1oue•

ª

0

comenc;adas en Monc¡on

&

fin idas en

~ara

yendo al bien y reparo del Reyno,

la

di-

goc¡l , en el año

1528.

y

prorogadas en las

cha Corte

y

quacro brac¡os de aquella,

corres celebradas en Monc¡on, en el año

con todas las protefü . iones

y

faluedades

1533. 1537. 1142. 1547. 1552. 1553•

1563. 60

acoílumbradas de hazeY. n íemejaoces ac·

I

56

4.

Y

quieren

y

les plaze

éj

por los Jue.

ios:

y

las que fue fon hechas en las corees

:z.es

ordinarios

y

Cófejeros de la Real Au-

celebradas en la ciudad

de

<(aragoc;a, en

dicncia,afsi en el capcionar,proceher,pro-

el año

1474.

el cacorze'no dia del mes de

nunciar, juzgar, confulcar,

o

aconrcjar en

N ouiembre, fobre la abilicacion de la Se·

los procelfvs crimi11ales, fe haya de obrer-

renifsima Señora Doña Iuana, enroncc:s

uar

y

guardar el orden

y

forma por los di·

Infanta de Aragon, las qu:ileseíl:an confi-

chos fueros ilaruyda y 9rdenada,fcñalada-

nuadas en el Regiílro de la Corre del di·

30 ment<:: los fueros de lo c;rin;1ioal,hechos

C[).

cho año. E cambien con las procefiacioocs

el

3ÓO

J

528.

Los quales quieren fer haui-

e

faluedades que fueron hechas en fas Cor'

dos por mfcrtos en los prerences ados

y

tes celebradas por la M:igeílad del Émpe-

fueros,q fe haya

de

guardar,foluo en aque

radar,

y

Rey nuefiro feñor eh la villa de

)lo que por los fueros hechos en las pre·

70

Monc;on,en el año r

542.

fobre la habilica-

fences eorces,y ordeoaderos por las perfo-

cion del Serenirsimo Señor Don Felipe,

nas para ello nóbr:idas, efiuviere

difpuef~

entonces P rincipe de Aragon : las qua!es

to,

y

ordenado en contrario.

efian continuadas en el Regiíl:ro

de

la cor–

La abilitacion del Prin·

te del dicho año. E les plaze que íean aquí

por re petidas

e

infertas

J

como

{i

de pala–

bra a palabra fueífen aqui efcritas:

e

C0,0

cipe

par~

cenbr cortes.

proteílacion exprelf.i,que por el ¡:irefente

a.:l:o no fea fecho, ni caufado perjuyzio

L

A Corte,

y

quatro brac¡os de aquella, So algunc¡,a los fueros,priuilegios1

y

liberca-

40

teniendo refpeto

y

confideracion a

des, vfos

y

coílúbces del pre(ence Rey

na:

las gPandes ocupaciones que la Mag.efüd

anees aquellos,

y

aquellas,queden en

fu

prÍ

del Rey nueílro íeñor de prefence tiene,

mera cficacia,.firmeza

y

valor:

e

que no les

e

fu

corta falud,

e

larga edad,

e

porque en

fea fecho perjuyzio ;ilguno.

É

con expref-

lo venídero fe cree que para fofcgar la

fa

protefhcion,gue en lo efdeuenidor

nd

Chrifüandad,

y

qpitar las turbaciones de

pueda fer traydo en confequencía,con ,di..

dla,

y

ofender los enemigos

de

fu

Magc:f·

.chas protcfüciones

1

c

no fin aquellas:

Pla~

Q._

:te a

[1'