

DO
N
F
HIL
I P PE por
la
gracia
<1
Dios
Rey
de ..
c~flilla ,Cl
Leó,deAragó,Cf las dos Secilias,de
Jc
.rufale,de Nauarra,de Granada,de
~
oletlo,deValena,de Gahzta,de Mallorcas,de Seuilla,de Cer
dema.,~e
C
__
ordou~,de
Corcega,?eMlltCla,de Ia ..
en~dt!
los Algarues,de Algezira,de Gibraltar, Duque
de Mtla,Code de flan des y de TnoJ.&c.Por quaro por parte de vos Diego Fernandez, vezino de la
ciudad
de
Palencia nosfue fecha relaciQ,diztédo
q
vos auiades efcripto
y
cópueHo,el
al~amiéto
y ty..
rama d<t
Frác.ifc~
Hernádez Giró en las
I~di.a , ,y
anll
mi~mo
la rebehó
aGó~alo pi~árro
y
fu caftigo.
~,a q~al. fe au~a
vtO:o
p~r
los del nuefho cofeJ? de las In?tas
1
y
es
auiam~s
dado licéoa para los poder
Hnpttmtr y veder enel1as.Por lo qual nos pedtiles yfuphcailes vos die11emos licécia para lo poder
im
primir y véder eudtos nfos Reynos,o como la nneiha merced ft1etle.Y villo enel nuelho c6fejo
las
d
i.hg~ PCias c ó ten~das
envue{ha
pet~ció y~icécia
q
os dtmos:.pa
q
los dichos hbros
ie
impnmieOen yvé
dte!len edas Indta&.Fue acordado,q uemamos mádar dar eíla ntleíha carta paravos enla dicha razó
y
nos 'tuuimos Jo por
l~ié.
P?r .la qua
l.
\'Os damos
~céc1~
y facultad,I?a
q
~?en
o: nuef.lros Reynos
P.oreita\·ez ro J ays bazer
tmpn~·nr
los
J~chos.
hbr?s,q de_
~t~l?
fe haze mencw,fi1_1
q
por ello cayays ni m..
curra ys
en
pena alguna,y madamos,q
la
dtcha tmprelsto
fe
haga ror los origlllales,q
vá
los Jos,firma
dos al cabo,del Doélor Frácilco
de_
Villa fañe
,y
el otro
del
Do
E',
orAguilera del nuei ro cófejo de las .
lndias:y
q
de lpues de impreí1Qs no
le
p~eJ:i
\:éder ni,·éda
1
f1n
q
pnmero fe trayga al nueího cóiejo,jú
taméce có
lo~
dichos o riginales .para
q
le vea,llla d;cha imprefió, eHa cófot me
a
ellos,y fe taife ante
todas co ías,el precio
a
9
fe vuiete de vender cada volumé,iopena de caer
~incurrir
en]as penas cóte
nidas
~n
la dicba pragmatica
e
leyes de nuefhos reynos:e mas de la nueíha merced,y de diez mil ma
rauedís pa:a la nuefha cam.:ua.Dada en Madrid
a
diez
y
nuelle dias del mes
de
Hebrero,de mil yqui
niento~
y ie1enta y nueue éinos.
D.Card.Segtmt.
El doEtor
die ..
go
Gaf,a.
Ellicéciado
.Morillas.
EL
El
Lícéciado
Atien~a.
RE
Y.
El
Doétor Suarez Don Antonid
de Toledo.
de
Paddla.~
P
O R
quanto por parte
de
vos Diego
Fern~mdez,vezieo
de la ciudad de Palencia, nos fue fechd
relacwn, 4ue \'OS auiaJes efcripto el
al~a mien t o
y tyra ma de Fran cifco Hernandez Giron en
las Indias:y
at1Ü
mifmo
la
rebelion de
Gon~alo p~an
o
y
fu cafltgo:lo gual fe auia viito por los
de m..reHro Confejo de las Indias:
y
os auiamos dado hcencia,rar a los poder imprimir y vender en
ellas:
fuplicandono~
vos dieflemos licencia, para poder
i
·· primir
y
véder los dichos libros en eílos
ntlefhos Reynos,y
que
ot ra
rmguna
perfona lln vueiho poder lo pudieOe hazer,
o
como
la
nuetl:ra
merced fueíle.
Y
v1l ~ o
en
el
nuelb o confejo ,las dibgencias conten1Jas en vueílra peticion
y
licencia
que
os
dimos,para que los dichos hbros {e
imprimieíl~en
y
ven J tefien
en
las Indias,lo auemos tenido
por bien. Por ende damos hcencia
y
fa cultad
a
vos el dlcho [)ief Ofernádez ,para que vos, o la per
ion
a que
vuelho poder efpe<.ial para ello ouiere,y no otra alguna : podays hazer imprimir; vender
los dicbos libros que de fu jo
fe
haze mencionen
eH
os nueib os
Be
ynos
y
feño 1 ios de Cafiílla,íiendo
primerament~
tafiado
por
los
del
nueftroCon fejo el pteCIO porque
fe
ha de vender cada volumen,
e
poniendo
el
t raDado delta nueilra cedula, con la dicha taf1ació,al principio de 1os dichos libros por
tiempo y erpacio de diez años
eu
mpliJos,pnmeros íiguientes,que
fe
cuentan de
fue
el dia de la fecha
deil:a nueíha cedula tn adela ut e .....:opena que qualqmer perfoua
o
perlonas <]Ue fin tener para ello
\' ueílro poJer lo imprim1eren,
6
vendi tren, o b zieren imprimir
o
vender:pierdan toda
la
imprefsió
í]Ue
hizteren
e
vendieren
,y
1-.s
tr: otdes
y
ar a' t:j os deUa:y mas incurran en
pe~1a
de cmcuenra
mi~
m
a
rauedis por cada vez que locontra n o h1zie re
n.Laqual dicha pena fea la terCia parte para la
p~rlona
que lo
acu i~re:
y
ld otra terc1a parte péHa el ju ez que lo
fente~cia
re:y la otra .te rcia
p~rte
para nue..
Hra camara
y
fifco
y
manJamos
a
los del nuet1ro Confcj o \y
a
otras qualefqlller ¡uftJClélS detlos nue
firos
f
eyno&
y
feñorios, que guarden
y
cump\an y ex e.cmeo,yhaga n guarcar,cumpl1r yexecu.tar eíl.a
nueiha cedu '
a,y
lo
enel Ja
contenido. !' echa en el Fa rdo,
a
ieys
uias
Jel
mes
d e
Mar ~ o,de
mil
y
quL~
11Ít:mos y fefenta
y
nueue aiios.
EL RE
Y.
Por rn ádado de
[u
1\r!agetlad
Ant onw
de Eraífo.
A
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