

Prin1era parte.
ca fue de parcfcer;que fe hizieife, lo
que fray Bartholome pedía. Por lo
No
ba
ef
qual fe cntretuuo, y no vuo cffeEl:o
feéio la
fu pretcnfion:hafra daño de quaré–
pretcnfio
ta ydos,quc la Cefarea 1nagcfi:ad
del
de
fray
En1perador boluio en Cafrilla. El
Bu.rtbolo
q
u
al con1o catholico y chrifrianiíll–
me delas
mo, fue faciln1cnte del fray le perfua
Cajas
ba
dido(por los
...cargos de confciencia,
jiu.
el año
q
de no lo proueer le pufo delante.)
de
quaré
y
J.
la verdad,todo lo que dezia ypla
ta
y
dos.
ticaua:parcíCia n1uy jufrificado, y ne
ceírario,para la cóueríion de los In–
dioss para n1ejor conferuarfe
el
nu
n1ero dellos. Si de querer que fe hi–
zicífe en poco tiempo,y de golpe no
refultáran mayores males,y daños.
lnforn1ado pues fu Magefrad, y que
riendo proueer de remedio: tnando
llamar y ayütar fus confejos:y otros
letrados,prelados y religiofos.Y
có–
fultado el ca[o, -auiendo [obre ello
largan1ente tratado y conferido; al
'Proueyo
cabo,fe vuo de proueer, lo que fray
fe:
Jo
que
Bartholotne quería( como tnejor pa
fray Bar
refcio
a
fu Magefi:ad,y
a
los del:1 con.
tholvme
fulta)aunque toda via contra la opi
queria.
nion y parefcer del preíidente,
y
del
Obifpo de Lugo don lu-an Xuarez
de CarnaJal,y del
conH~ndador
nta–
yorFracifco delos Cobos,yde otros
caualleros,q eran de aquel voto; co
mo perfonas
q
entédian,o fofpecha
Baz..enfe
~an,~o
q
podría
íü~ceder(
eíl:o
feg.unmuuasle
qdeípues de refunudos los negoc1os
ycs
y
or-
fe
f~blico e~1la
cortc,y aun
~e
e[cri–
den:ifas
u1o a las Indus. )Den1anera,
q
fobre
para.
to.
ello fe hizieron nueuas leyes
y
orde..
daslasin
nan~as
para todas las Indias de
[u
dias
defu
l\1ageíl:ad:affi para la
N
ueua Efpana
Magefi.
con1o el PcrL-í,fobr'e la forma que de
alli en adelante fe auia de tener,
y
gu~1rdar,cnel
tratamiento, tributos
y
feruióo de los Indios:yfobre otras
cofas
a
cfro annexas. Entre las qua–
les vno algunas (al parefcer de aque
llosa quien tocauan) 111as rigurofas
de lo que conuenia. :qe donde tuuo
principio yorigen la rebdion
y
albo
Origd
de
roto
de
Gó\alo
Pi~arro:
cuya hiíl:o-
la rebc.
tia pretendcn1os dcriuir, toCJndo
lió deGó
tan1b1en úunarian1cn te el fucccífo,
~al"
p¡ ..
que de efras
ordenan~as
vuo en la
[arr
0 ••
N
ueua Efpaña. Por lo qual
pondre~
~
mos aqui algunas de bs que n1as ha
.zen a nuefrro propoíito:las principa
les de las qualcs fon efras quatro.
S.
Qg_e
defpues de la muerte de los
.r.
conquifradores,y pobladores,
y
vezi
Las
1
u
4 •
nos de las indias, los repartünienros
tro prin–
de Indios que efruuieíren en fu cabe
cipalu
'Ja encon1cndados,cn nombre de
Cu
ordc1Jan..
1nag~.fb.d
;. no fuccedieífen cnellos
prs
q
fe
fus hl}os,nltnugeres:íino que luego
bi~ero.
fueífen puefros en
cabe~
a del Rey
=
dado
a
los hijos
y
Inuger, cierta qua
tidad de los fruétos dellos para fufrc
tacion fuya.
»
Ircn1 que n1ngú indio fe cargaf.
.z.
fe: Í:'lluo en aquellas partes, que no
fe pudieífe efcuCar; y fe les pagail'e fu
trabajo,
y
que no fe echaífcn indios
en las 111111as :ni
J.
la pefqueria de las
perlas:y que fe taífaifenlos tributos
que vuieífen de dar
a
fus
encon1~de
ros,quitandolcs juntan1ente
el
ferui
cío perfonal.
S.
lten1 que
fe
quitaífen las enco-
n1iendas,y repartirnientos de indios
que tenían losObifpos,Monaíl:erios
y
Hofpitales,
y
los que vuieífen fido
Gouernadores,Preíidentcs
y
Oydo–
res,Corregidores y officiales de JUíl:i
cia,o fus tenientes,y officiales de
fu
Magefrad.Y que no los püdieífen
te
ner,aunque dixeífen que querían re
nunciar los officios.
·3·
S<-
Item
a
todos los encomenderos
·4·
clel
Perú,que vuieífen fido culpados
en las alteraciones , y paíliones de
don Francifco
Pi~arro,y
don Diego
de Aln1agro. Con
la
qual ordenan.
~a,caíi
ninguno podía re11er enel Pe
rLÍ
indios, ni hazienda : y por el con–
figuiente,todas las perfonas de cali
dad de
la
N ueua
Efpaña; por la ley
tercera~