Previous Page  931 / 1092 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 931 / 1092 Next Page
Page Background

auri

&

arge.nti

ponderibus.l.14.15.

&.16,

476

~Otrofi,ordenamos

y

mandamos,

que

ter-os,y

dende arriba que afsi f~-ltare,

cin

todas las dichas penas e1_1

q

afsi

qualquie

co marauedis:pero

fi

en las

doblas

o flo..:

ra

de

las

dichas perfonas de fufo cócenÍ-

rines

faltare

vn

g.rano

entero o mas, tan

das incurrieren50 fe

ouieren

de pagar,

q

to

q

no lleguen a dos granos enteros,

q "

fea la

mitad

pata.la

nuefl:ra

camara,

y

la

. fe

lleuey. pague

por

toda

falca

eres.

mara

otra

mitad

partaenu

~·eú

el

acufador que

uedis

y

no

mas_,

y

íi

faltaren

dos

granos '

lo acufare

o

denunciare,

y el

jnez

que

lo-

·€nteros,o

mas

g~anos

ént

~r.os

,qu~

fe

pa··

fcncenciare,y

el

exe_cutor

que

lo execut~

gue

por cada grano·de los

d

icno

sdos

gra

re

por ter<dos,y

porque

el Jt:1ez

11i execu-

nos,y

déde arriba, .a q~atto

marauedis~

cor

alguno,

no

tengá

cauta para

fe

efcu-

en tal manera>que

por

el

p~imero grano

far,

midamos que los Gorregidores

y

al

no fe pague

mas

ele

lo~ dichos quacro

caldes, al

tiempo que

fueren

recebidos

•maraucdis,

~

tr~~ m

rs.,

como

dicho

es~

a les dichos oficios, juren e:eptdfamen

aunq

falté

dos gi:artos o·mas,

y

q

por la

tede guardar las dichas

ley~s

y

otdená.~

falta _o IJ!engua

q,

ne>

fuer~

de·

gra110 en–

~as ,,

y

el

efcriuano

del

concejo

no

afsié-

.

·tero>no

fe pague cofa

alguna:_pero

en la

te

fu

recebitniento,

fin

q

e.xpreffaméce

moneda

de excelé~es

y

n1e~ios,

y

quar–

áfsience

el

jurainento dello: fo pena

de

tos

deexcdegces,

por

quitar

y

efcufar'el

~

cinco mil marauedis por

cada

vez :

y

fraude

q

en ello~

fe

podri~

hazer

por1os

pneíl:o que no lo a[siéte,queremos

y

q

los

labran,mádamos que

íi

ouíere falta

damos

q

la ,gua-rda

defl:as_

orde11afaS,

fe

enqualquier

pie\a

de ~os

dichos

ex·celé

entiéda

1rtclufa

en-el jura1nento

q

las

di~

·tes

de p:t_edio grano entero,ó mas,tanto ·

chas

jufi;tclas

hizieri al

tiépo

de

fo

rece .

qu<eno

fea

grano ente1'o,que po'r

roda

la

bimi:ento.

·

.

-..

falta 0-,m·engu,a,

f~

pagu~

dos

marave,dis

~

Ley.

15.

~e

pone

acomofa .ha

de

pttgarpot

y

no mas:

y

fila

tal

falca~

me~gua

fuere

• -

cadagranoquefaltare alaspitfas

de oro.

de·m~np\demed_1ograno.,_

qporla

tal

~

Don Fern

ando

y

doña

Yfabel,cn

¡!

alladolid

·

falta

no

(eHeue

111

pague

cofa

alguna~~

a.13.de

Ob1ubte

de.

1

488,

cap.

1.

"Veafe

la

.

~ádam?s a Pedro de

VegílA

por nuef-

ley.4 .titu,

18.deflelibro.

· ·. .

-

tro

n;iandado -~iene

cargo de

hazer

y :ifi-·

~Primera1nento

mandamos.

y

orde.~a-

ñar

}a~

dicha.s .p,ef~s,

9

luego

haga

pe fa s

mos;que

toda

la

moneda

ele

on>,

afsi.de

..

de

medío grano,porq

fe

pueda

ver

y

pe–

éaíl:ellat1os, como de dm;ados,

y

cr.uza-_

-far la

falca

del

dicho

medio

gr.ano

de

los ·

dos,y

doblas,y

florines,y

falutes.,y c;bro-...

1 :

did:ios excelentes,

y

meclios,

y

quartos

nas,y agt1ilas,en que

ooiere

falta algnna.

de excde11tes.

·' ·

quefea

menós de

vn,grat%>

en

teto;

que.. .

.

corra

y

fea

auida,y

fe

de

y

rqme

por rrto·.

~

Ley..

16.

'J)cltt._manera

que ha.

de fer el

fefi,!

1:ieda de pefo

~

y

que

no

fo

lleue

por la tal

dela

dobla.

Allt.cap.~.

falca

cofa·

algµna:Y

íi

en

qualquier

pie~a :...

~Orroíi,,mandamos

y

ordenamos, .que ..

de las

dichas

monedas

faltare

vn grano,

el

dicho Pedro

de

Vcgil haga

luego·pe::-

Y

110

llegare la tal falta a dos granos ente .

fa

juíl:a_de~obla,

diforéciada de las otras

ros,que fe lleue por

toda

la

dicha

falta.

y

pefas:la qual fea

qtJadrada,

y

renga enci...

tnengu3quatro marauedis.

y

no

mas:;pe

roa vn~

vanda,

por

la

qua! p~fa

fc;.pefe~

~

--.,

ro íifaltaren dos granos enteros, o mas

de

aqu.1

adelante todas

las

doo1a~

q t.1e

fe · ,,

granos enteros,que fe lleue

y

pague por~' ouiered~

dar,y

comar en

los

d ichos-~_fos

cada

grano de los·

dichos

dos

granas~en- . ·

reynos.,y

no

por

otras

pef.as

alguna~. . · _

Oo o

4

, Ley

'