~e
las.Infiruc
dones de Gon–
·i .álell narpodiá
lcoofütui.r pri–
y)legio contra
.lo
prevenido
-~n.
las Leyes :
y
qqe
lo que
lla–
maba perm!f–
fion, era aper·
~ibimiento.
¡ "·
I.
.foftvucbi.ron
de.Don
Jua11
'Gorlzalez.; foti're
.q.ue"re._
ñiNtl ..fdhle
de-
medio real.,[.pet'o qúe
lo ·.dex-ab~
paf–
far,~
introducir
privilegio ~
·que
'f
uper·aífc'
a
Jo pre–
ve~id(j)
por las Leyes Reales, queriendolo c"onfir–
mar ·con Jo expreffado en Ja
L_ey
8:.
iit.
2·3.
'lib.
4.
de
la
Recop~.de
Indias,
en donde
fe
permite mayor de..
recho para '
el
Bra~eage,
por
c'aufa de-
los mayores ·
·coftos de aq11ellos·.Reynos
;-no
era
·ad~1i6blc
, por–
_;;1
.. ,
que·la permifsion que fuponia de Don Juarí Gonza-
lez ,
no.
fe
debia llamar ta_l , fino un
~pcrcibimien:-
...
i¡
to,
pu.esreñia
el
exceífo dé_medio real :.con que
-J
· .ayiend-ofe aumentado, no
f-e
p'uéde decir privilegio,
Que laLey que
ni coftumbre
,
que fuperaífe
a
la Ley ; y que la
Le'J
aumento los,
de
0
rechos . de los
8.
citada, que permite
el
aumento de derecho
a
Oficiales , los
los.Oficiales
,
les conftituye en la mas precifa' o.bli–
coníl:icuyo en
la obligacion
gacion del cumplimiento de fu oficio, por averles
.precifa de cqm
d d
ffi
•d:
'
d
J
-pl'ir,con fus 'q.
a
o·para que aumenta
cm
crec1 os cau a es, por
ficios.
. .
-que le.debieron ayudar ?1 -.Mercader, fiendo pred–
' : ·
-
·' li
fo ,
remitien~ole
parte de fus derechos.
;F·
1
,
6 ,,,
B
1
-2.8:5
~e
eíl:a
rnif
ma
f~zon
·concurria
al prc-
,.f ·5
....,.. ··•
(ente,,pára
q·
ue al
Mer'ca.der nó
fe-
le .fuplieífen
los
Q.tefe repro-
bo por
el
Vir-
coíl:os 1de_los quatro grands de
1a
baxa de ley,
y
rey
d
arbitrio
budva
a
experimentar
el
Publico
el
mifmo.
p~rJ·
ui–
de los feis gra-
f~o~
de
lf,&íl·
cio qu:e"haíl:a aqui, y que no fe alcanzaba
a
.que
·11
.
conducia
la
Confulca heclia' ·por Neíl:ariz al
Virrey
~~
\' .
:~
1
•
1
r
Conde de Salvat'ierra, fobre
que al
Mercader fe
le
-::.'
' no
I ., '
concedieífen feis granos de feble en
la
ley
para IOs
.·, 'i
1 •
.J
{J
I.."''l1.1.
coft.os,
y
fe
echaífen otros
tanto~
de
Liga,
aviendo-
fo'
reprobado por
V.
Mag. d\:e arbiu:io•
·· .
1 1
.
I
286
ClEe era incierto :decir'
qtin:
en
Potdú
fe
aplico
al
Mencarler
el
deréoho
de.
C0bos,
y
afs.imif–
mo la. reforma que
fe
hizo .en los1-lcrechos
de·
Bra–
éeage·
,'todo·por •. atendcr·1ll Me·rcadet.,
y
que ·por
detei minadones de la Allitdjencia ;fe4efiituyo-
a
-V.
Mag. el referido derecho de Cobas,
ya
Jos ·Oficia-
<lesrde
la
Moneda.
lo
que
fo:
les
.a.1via
_ql!itad_o,'
y-
co~mu-