('
cn ·que
fue
Teforétó Don
Rafael
d~'Laegui,
que es–
lo
que dice ,
y
íe
debe -entender
de
las palabras de
dicho Don Gafpar Montejá',
y
que ·niego Rodri–
guez movió eíl:a mifma qudlion,
y
fe exan:,inó ,
y
dcfprecio por los dichos Virreyes Marques,
y
Obif–
po-:
y
aunque encargaífen, como debian ;que
fe
ajuíl:aífen·
a
la
Ley
e_n
todo lo pofsible, efl:o no era
corregir
>
ni condenar la coíl:umbre, fino hacer lo
mifmo que difcurrio con gran prudencia ,
y
zelo
el
dicho Don Juan
Gonzal.ez, quien dexaba correr
la
partida,
-y
fe ·contentaba -con reñir
el
feble,,
a
fin·
de que procedidfen con mayor tiento, y porque
<l!ieen el pefo ·
avia hecho juicio de que en
el
pefo de las Monedas
todos
fe
incli-
1
'
]
naban
a
la gra-
todos fe inc inaban a la gracia, como o prefupone
cia,y fe infe-
en
el
principio dedichoCap.4[0/.282.Mem.n.191. ·
ria del
Cap.4.
11
d 1
.
d 1·
ºb
d
'
Mem.
n.1
9
1.
aman o o gracia,
y
no e l·to,
y
atn uytm olo
a
comun indinacion;
ya
cu·yo reparo
dcbia
ponerfe
el
primer cúidado :·y afsi en nada fe c;:oncrarlan, ni
oponen los dichos dos Tefügos
a
lo que declaran
J
todos los eemas
1
y
tienen articulado eíl:e,
y
dctnas
~e
entre
otros,tendr ian
los
Virreyes
por motivo' juf
tificado
para
no avet manda
do judicialmen
te fe-permitief–
fe
el feble ,
el
que era
neceí~
fario derogar
la Ley,que per
mite tomin
y
medio,
y
no fe
p<:>dia
hacer
fin
permiífo de V.
Mag..
Miniíl:ros
de
aquella
Cafa.
-
977
· ~le
replica con mucho esfuerzo
el
FifdtJ,
pond~rai1do
,
y
echando menos no
fe
huvieífen
puefto por efcrito
las"
determinaciones que .ténian
de los dkhós tres Virreyes, y alega Doétrinás para
que debieífen reducirfe
a
~fcritura
en forma
a.út:en..
ticá,
y
que pudieífc.:: coníl:ar en todo tiempo:
aque
fo
refponde,
·qt~e
para dexarlo fin proveí.tniento al–
guno
-judicial , y 'Contenrarfe· wn
fa
providenci?–
verb.a1,
fe
pudie-ron atender·varios motivos,
Y'
ef–
pecialmentc
d
de 'áver
Ley
que m<?delia
el
feb_le
a
folo
un ·tom!a
y
medio~ ,
Y'
confi:derar ·
q~é
pái:a
· fu
formal ·derogación fe
n~ée~srtába
de
expreífa licen–
cia,
y
farnlcad ·
de V.
Mag.-'y~
gue
pu~s
los· primeros
fundadores avian <::ortid0
<sdn
aqúd
~í
l:ilo:, fin
A_u–
io~
, .
ni
Decretos auteaei:éos
, -y
Ce
iba
·
_p-rofi.gu'ien:do
'
:
f
en