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('

cn ·que

fue

Teforétó Don

Rafael

d~'Laegui,

que es–

lo

que dice ,

y

íe

debe -entender

de

las palabras de

dicho Don Gafpar Montejá',

y

que ·niego Rodri–

guez movió eíl:a mifma qudlion,

y

fe exan:,inó ,

y

dcfprecio por los dichos Virreyes Marques,

y

Obif–

po-:

y

aunque encargaífen, como debian ;que

fe

ajuíl:aífen·

a

la

Ley

e_n

todo lo pofsible, efl:o no era

corregir

>

ni condenar la coíl:umbre, fino hacer lo

mifmo que difcurrio con gran prudencia ,

y

zelo

el

dicho Don Juan

Gonzal.ez

, quien dexaba correr

la

partida,

-y

fe ·contentaba -con reñir

el

feble,,

a

fin·

de que procedidfen con mayor tiento, y porque

<l!ieen el pefo ·

avia hecho juicio de que en

el

pefo de las Monedas

todos

fe

incli-

1

'

]

naban

a

la gra-

todos fe inc inaban a la gracia, como o prefupone

cia,y fe infe-

en

el

principio dedichoCap.4[0/.282.Mem.n.191. ·

ria del

Cap.4.

11

d 1

.

d 1·

ºb

d

'

Mem.

n.1

9

1.

aman o o gracia,

y

no e l·to,

y

atn uytm olo

a

comun indinacion;

ya

cu·yo reparo

dcbia

ponerfe

el

primer cúidado :·y afsi en nada fe c;:oncrarlan, ni

oponen los dichos dos Tefügos

a

lo que declaran

J

todos los eemas

1

y

tienen articulado eíl:e,

y

dctnas

~e

entre

otros,tendr ian

los

Virreyes

por motivo' juf

tificado

para

no avet manda

do judicialmen

te fe-permitief–

fe

el feble ,

el

que era

neceí~

fario derogar

la Ley,que per

mite tomin

y

medio,

y

no fe

p<:>dia

hacer

fin

permiífo de V.

Mag..

Miniíl:ros

de

aquella

Cafa.

-

977

· ~le

replica con mucho esfuerzo

el

FifdtJ,

pond~rai1do

,

y

echando menos no

fe

huvieífen

puefto por efcrito

las"

determinaciones que .ténian

de los dkhós tres Virreyes, y alega Doétrinás para

que debieífen reducirfe

a

~fcritura

en forma

a.út:

en..

ticá,

y

que pudieífc.:: coníl:ar en todo tiempo:

a

que

fo

refponde,

·qt~e

para dexarlo fin proveí.tniento al–

guno

-judicial , y 'Contenrarfe· wn

fa

providenci?–

verb.a1,

fe

pudie-ron atender·varios motivos,

Y'

ef–

pecialmentc

d

de 'áver

Ley

que m<?delia

el

feb_le

a

folo

un ·tom!a

y

medio~ ,

Y'

confi:derar ·

q~é

pái:a

· fu

formal ·derogación fe

n~ée~srtába

de

expreífa licen–

cia,

y

farnlcad ·

de V.

Mag.-'y~

gue

pu~s

los· primeros

fundadores avian <::ortid0

<sdn

aqúd

l:ilo:, fi

n

A_u–

io~

, .

ni

Decretos auteaei:éos

, -y

Ce

iba

·

_p-rofi.gu'

ien:do

'

:

f

en