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materia, que pudieífe fujetarfe al punto 6xo que fe
debia defear, refpeél:o de fer tan contingente el mas,,
o
menos feble de las Monedas dentro de los limites
mas arreglados, eligieron
el
temperamento de no
condenarlo, ni reprobarlo,
y
de reñido al mifmo
tiempo que lo dexaban paífar ( no porque lo confi–
der~ífen
culpable, pues en efl:e cafo lo cafl:igaran,
y
mandaran que no corrieífen, ni fe abonaífen las par-
tidas) fino porque afsi
fe
contuvieífen,
y
no
fe
def-
lizaífen
a
otro reprehenfible exceífo.
968
~e
no le aya avido en tiempo de efte Te..,
forero, ni propaífadofe de aquel termino que obfer–
varon, y figuieron fus anceceífores fin novedad al–
guna, lo tefl:ifican tambien los dichos 24.Teftigos.
969
Que la refpuefl:a que da
el
Fifcal
a
la Ley
recopilada de Indias, que es la
1
o. del
tit.
2
3.
lib.
4.
<l.!:1e por fer
materia de di–
ficil ajuíl:amié–
to, eligieron
el
medio de
no
condenar , ni
reprobar
el
fe–
ble•.
Q!;1e no
ha avi.;
do feble repa–
rable en
el
tié–
po de eíl:e Te–
forero.
Q!;1e
el Fifcal ·
no refpóde
di–
reétamente
a
lo
difpueíl:o en la.
L ey
10.
tit.23.
lib+ de la Re–
cop.
de
Indias~
( falva
fu
veriia) parece que no fe adapta a lo literal
de ella, fupuefl:o que fe debe entender con algun
efeéto particular,
y
difl:into del que podian ·minif.,
trar las Leyes de Cafl:illa, que no fe derogaron, ni
mudaron mas que en aquello que
~e
nuevo
fe
efl:a-
-
blecio.por el Derecho Municipal de aquellos Rey-
nos;
y
en efl:a confl:ante fupoficion
p~recia
,
que
la
dicha Ley no pudo tei1er otro fencido, que:
el
ex..
preífado por
el
Teforero en dicho
fu
Efcrito.
97º
~e
tampoco
fe
fatisface al fundamento.
<l!Je
no
fatisfa-
. ·fl:
1
p
·
d 1
,.,
d
8
ce
el
Fifcal
a
l~
qu·e mm1 ra a nueva ragmanca . e .ano e
17
2
.
P ragmatica de
pues de ningun modo
fe
ordena
a
que en lo veni-
el
año
1728.
·dero fe labre la Moneda con el pefo que expreífa,
fino
a
que la ya labrada antes de la nueva Orde,.
nanza, fe paífe,
y
reciba, teniendo en
cada ~
1
I:J·
p~-
fos dos marcos, y onza
y
media menos.:
y
af~i, ~l
.de-
cirfe; .que es;d·ifpoficion que mira
a
lo futuro, no
elide el argumento de que teniendofe por legitimo
1
r. ·,
el
péf
o
de
1 17
.marcos y
1-.onza,~.
en -la talega
d~
1
g.
pefos,
no
deb~
caufar_
diífonan~ia,
que por la
·
Cecee
Di-