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y

en el concepto de que al aceptar ern interposicion, que tan amistosa como

cspóntaneament.? le ha sido ofrecido le dá el gobierno argentino una prueba

de la confianza que deposita en la rectitud de sus principios y en la lealtad de

su amistad al mismo tiempo que se descarga de toda responsabilidad de–

mostrando, por ese mismo acto, ante propios y estraños,

y

de la manera mas

irrecusable que hace con sinceridad y hasta con abnegacion todo cuanto digna

y legítimamente puede hacer para devolverle

á

la República su perdida tran–

quilidad interna y para evitarle toda complicacion 6 desdoro estema

á

que la

perturbacion interna pudiese servir de causa ó de pretexto, me ha autorizado

para aceptar formalmente en su nombre como tengo la honra de hacerlo los

buenos amistosos oficios que por mi intermedio se ha servido ofrecerle de

nuevo el gobierno de V. E. quedando establecida esta formal aceptacion en

los siguientes términos:

>

Ha sido subentendido antes y queda esplicitamente establecido, que

el hecho de la interposicion Argentina no importa ahora ni podrá importar

nunca el reconocimiento, ni aun implícito, del carácter ni de los derechos de

beligerantes en las fuerzas de la revolucion;-esto es; que en cuanto á

la

posicion de derecho, no se ha hecho, no se hnce, ni podrá deducirse de¡

ofrecimiento del Gobierno Argentino ni de la aceptacion del Gobierno Orien–

ral, innovacion alguna, en este punto esencial.

• 2•

No se tomará en consideracion ninguna propuesta que importe el

desconocimiento de la autoridad del Presidente de la República ni que amen–

güe

ó

coarte el ejercicio de las atribuciones del Podt r Ejecutivo Nacional.

>

Establecidas estas condiciones como bases indeclinables y punto de parti–

da de la negociacion en que se vá á entrar puedo asegurar á V. E. que al

salvar en el interes del porvenir de los principios fundamentales que esas

condiciones encierran, S. E. el Sr. Presidente, está concienzudamente deci.

dido á hacer de sus atribuciones el uso que mas _convenga á la pacificacion

del pais.

>

Si la revolucion, como lo declara, no pretende imponerle al pais por la

fuerza de las armas, un gobierno de partido; si se somete al fallo legal del

pais y solo pretende que se le abran con lealtad y sinceridad los comicios

públicos, garantiendo á todos los ciudadanos en la vida, la propiedad y en

el

libre ejercicio de los derechos políticos, el Presidente que desea que por una

eleccion rei.lmente libre y regular,

á

que puedan concurrir los Orientales de

todos los partidos y

á

cuyos resultados todos se puedan someter sin desdoro,

se funde una legalidad incontestable y que coloque la lucha dentro del terreno

legal, me autoriza para declarar que en este punto, dará todas las ¡:arantias

que es de su deber dar y que sin salir de sus atribuciones puede dar de la

manera mas cumplida y mas eficaz.

• En este punto, Sr. Ministro, el Presidente, por mucho que haga-y mu–

cho está dispuesto

á

hacer-no entiende que hace concesion alguna: cumple

sus deberes y manifiesta la m:is patriótica aspiracion que hoy pued<!

abri~ar

un

buen ciudadano oriental.