- 278 -
y
en el concepto de que al aceptar ern interposicion, que tan amistosa como
cspóntaneament.? le ha sido ofrecido le dá el gobierno argentino una prueba
de la confianza que deposita en la rectitud de sus principios y en la lealtad de
su amistad al mismo tiempo que se descarga de toda responsabilidad de–
mostrando, por ese mismo acto, ante propios y estraños,
y
de la manera mas
irrecusable que hace con sinceridad y hasta con abnegacion todo cuanto digna
y legítimamente puede hacer para devolverle
á
la República su perdida tran–
quilidad interna y para evitarle toda complicacion 6 desdoro estema
á
que la
perturbacion interna pudiese servir de causa ó de pretexto, me ha autorizado
para aceptar formalmente en su nombre como tengo la honra de hacerlo los
buenos amistosos oficios que por mi intermedio se ha servido ofrecerle de
nuevo el gobierno de V. E. quedando establecida esta formal aceptacion en
los siguientes términos:
>
1°
Ha sido subentendido antes y queda esplicitamente establecido, que
el hecho de la interposicion Argentina no importa ahora ni podrá importar
nunca el reconocimiento, ni aun implícito, del carácter ni de los derechos de
beligerantes en las fuerzas de la revolucion;-esto es; que en cuanto á
la
posicion de derecho, no se ha hecho, no se hnce, ni podrá deducirse de¡
ofrecimiento del Gobierno Argentino ni de la aceptacion del Gobierno Orien–
ral, innovacion alguna, en este punto esencial.
• 2•
No se tomará en consideracion ninguna propuesta que importe el
desconocimiento de la autoridad del Presidente de la República ni que amen–
güe
ó
coarte el ejercicio de las atribuciones del Podt r Ejecutivo Nacional.
>
Establecidas estas condiciones como bases indeclinables y punto de parti–
da de la negociacion en que se vá á entrar puedo asegurar á V. E. que al
salvar en el interes del porvenir de los principios fundamentales que esas
condiciones encierran, S. E. el Sr. Presidente, está concienzudamente deci.
dido á hacer de sus atribuciones el uso que mas _convenga á la pacificacion
del pais.
>
Si la revolucion, como lo declara, no pretende imponerle al pais por la
fuerza de las armas, un gobierno de partido; si se somete al fallo legal del
pais y solo pretende que se le abran con lealtad y sinceridad los comicios
públicos, garantiendo á todos los ciudadanos en la vida, la propiedad y en
el
libre ejercicio de los derechos políticos, el Presidente que desea que por una
eleccion rei.lmente libre y regular,
á
que puedan concurrir los Orientales de
todos los partidos y
á
cuyos resultados todos se puedan someter sin desdoro,
se funde una legalidad incontestable y que coloque la lucha dentro del terreno
legal, me autoriza para declarar que en este punto, dará todas las ¡:arantias
que es de su deber dar y que sin salir de sus atribuciones puede dar de la
manera mas cumplida y mas eficaz.
• En este punto, Sr. Ministro, el Presidente, por mucho que haga-y mu–
cho está dispuesto
á
hacer-no entiende que hace concesion alguna: cumple
sus deberes y manifiesta la m:is patriótica aspiracion que hoy pued<!
abri~ar
un
buen ciudadano oriental.