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1.34

EL AYLLU

blos que entraron á formar su composJcJon

arrastraban desde lejos. Según el padre

Acosta, á quien ha seguido Garcilaso, la

tierra, deducidos los cultivos destinados á

la familia imperial y al culto, era del domi–

nio y uso colectivo.

«

De esta tercera parte,

dice, ningún particular poseía cosa propia ni

jamás poseyeron los indios cosa propia, sino

era por merced especial del Inca y aquello

no se podí enagenar ni aun dividir entre

los herederos. Estas tierras de comunidad

se repartían cada año y á cada uno se le

señalaba el pedazo que había menester para

sustentar su persona y la de su mujer y sus

hijos, y así era unos años más, otros menos

según era la familia· para lo cual habían sus

medidas determinadas

1

»

Estas medidas, ateniéndonos á Garcilaso,

1.

Historia Natural

y

Moral de las Indias,

tom.

Il,

XV,

pág.

187.