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GURRRA
de Valdivieso, Gonzalo de los 'Nidos,
Lúc~s
Martinez,, Fran–
cisco de
Almen~ras;
Rodrigó de Herrera, regidores, juntos en
su cabildo
~
ayuntamiento, segun que lo ban de uso é de cos–
tumbre, todos
d~
un acuerdo pareceré
co~formidad.,
el Ade–
lantado D. füego de Almagro, Gobernador é capitan general
de la provincia del nuevo reino de Toledo por S.
M.,
fué re–
cibido por Gobernador-é capitan general de esta.dicha ciudad
del Cuzco,
é
su~
términos é jurisdiccion, por virtud -de U!)a
provision Real de SS. MM. ; firmada del Emperador Rey nues–
tro Señor, librada de los señores der su
muy
altó Consejo de
las Indias, é sellada con su.Real sello, que .en el dich9 cábildo ·
-por parte .del dicho Gobernador
fué
presentada, como todo.
más largamente parece que está asentado en el libro del ca–
bildo de esta dicha ciudad, que pasó ante mí el dicho escri–
bano;
é
despues acá, el dicho Gobernador ha usado é usa los
oficios de Gobernador
é
ca pitan genei::al pacíficamente, sin
contradiocion de persona alguna. Lo cual pasó en el dicho
dia, mes é año susodichos, é lo dí signado é firmado de mi
signo é nombre á la parte del dicho señor Gobernador, porque
así me fué pedido ; todo lo cual está más largo asentado en el
libro del cabildo, segun por los autos dél pareoer.á
á
que me
refiern». Estas cosas hechas de esta manera, el provincial Bo–
badilla tomó juramento al fator Illan Xuarez de Carabajal
y
al licenciado de La Gama, de la ida que fueron á la ciudad del
Cuzco, é ºdé.los conciertos que pasaron
ent~e
ellos
'Y
el Ade–
lantado D. Diego de Almagro;
é
luégo que de ellos fué infor–
mado, que por .lo haber ya escrito me parece que es cosa
excusada referirlo otra vez, acorqó de dar sentenéia sobre
aquel negocio.
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