Table of Contents Table of Contents
Previous Page  223 / 488 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 223 / 488 Next Page
Page Background

DE LAS SALINAS.

211

de ellas, por vos

ó

por vuestros lugartenientes, como dicho

es, caso de que por ellos

ó

por alguño dellos

á

él no seais re–

cibido.

É

por esta nuestra carta, mandamos

á

cuaiesquier

persona

ó

personas, que tienen é tovieren las varas de nuestra

justicia en las dichas tierras é provincias, que luégo que por

vos el dicho mariscal D. Diego de Alc:nagro fueren requeridos,

vos las den

y

entreguen, é no usen más de ellas sin nuestra

licencia

y

especial mandado, so las penas en que caen é in–

curren las personas privadas qué usan de oficios públicos rea–

les para que no tienen poder ni facultad, ca Nos por la pre–

sente los suspendemos

y

damos por suspendidos.

É

otrosí, que

las penas pertenecientes

á

nuestra Cámara é fisco, que vos

é

vuestros lugartenientes é alcaldes condenáredes á la dicha

nuestra Cámara é fisco·, ejecuteis é hagais ejecutar

y

dar

y

entregar al nuestro tesorero de la dicha tierra.

É

otrosí, es

nuestra merced é voiuntad, que si vos, el dicho mariscal Don

Diego de Almagro, entendiéredes ser cornplidero al nuestro

servicio é

á

la ejecucion de la nuestra justicia, que cuales–

quier personas que agora están en ellas se vengan á presentar

ante Nos, que vos les podais mandar de nuestra parteé les

hagais de ellas salir, conforme á las premáticas que sobre

esto hablan, dando

á

la persona que así desterráredes la causa

por que la desterrais, é, si os pareciere que conviene q11e sea

secreta, dársela héis signada é sellada, é por ·otra parte vos

enviarnos héis otra tal, por manera que seamos informados

~

dello; pero habeis de estar advertido, que cuando hobiéredes

de desterrar alguno no sea sin muy gran causa. Otrosí, es

nuestra merced que las penas pertenecientes

á

la nuestra Cá–

mara

é

fisco

1

las ejecuteis é hagais dar

y

entregar al nuestro

tesorero de la dicha tierra. Para lo cual que dicho es, é para

usar los dichos oficios de nuestro Gobernador é capitan gene–

ral de las

nu~stras

tierras é provincias, cumplir

y

ejecutar la

nuestra justicia en ellas, vos darnos poder cumplido por esta

nuestra carta, con todas sus incidencias

1

é

dependencias, é

emergencias, anexidades é conexidades; é que hayais é lleveis

de salario en cada un año, con los dichos oficios de nuestro