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AUDIE
A .
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indi·o 1
OJ
lo
co'rregidores,
y
un .- fórmula de
jurament , por la que estos se oblig ban
in
r estricciones, ni cautelas á abstener e de las gran·
gerias prohibidas
y
de toda suerte de vej
'men~s.
La pr6roga en us oncios por un año mas se dejó
pendiente del fiel cumplimiento de las obliga–
ciones juradas. El pleito secular, que con el
cabildo de Lima traían los. indígenas acerca del
pago de diezmos quedó re uelto, conforme á eje–
cutori
real, obligándolos solo
á
pagar uno por
cada veint'e y uno de todas sus cosechas. Con esto
debian es ar di pen a o
de contribuir á la
congrua de lo
ura ;
as
e resolvio, ue solo
e le reb jase en el ributo un pe o erus yado por
el .sínodo, un
'l.
o pital,
tomín y medio
por fábrica.
La Inquisicion dió bajo el débil gobierno de la
Audiencia una prueba enérgica de loable tole–
rancia. Wandier, que despues de haber sido mé–
dico del Conde de Alba, se hallaba preso en los
calabozos del santo Oficio, resultó acusado.
y
casi
I
convicto de bl sfemo, herege y ateo. La causa
mi ma arrojaba ba tantes pruebas, de que él era
un lo?o,
6
de que sus enemigos con el ciego deseo
e perderle habian acumulado en su daño ca–
lumniüs inverosímiles y ontr dictoria ; ma
la
multitud , exaltada por odio
fanático , guar-