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L

AUDIE

A .

li-<7

indi·o 1

OJ

lo

co'rregidores,

y

un .- fórmula de

jurament , por la que estos se oblig ban

in

r estricciones, ni cautelas á abstener e de las gran·

gerias prohibidas

y

de toda suerte de vej

'men~s.

La pr6roga en us oncios por un año mas se dejó

pendiente del fiel cumplimiento de las obliga–

ciones juradas. El pleito secular, que con el

cabildo de Lima traían los. indígenas acerca del

pago de diezmos quedó re uelto, conforme á eje–

cutori

real, obligándolos solo

á

pagar uno por

cada veint'e y uno de todas sus cosechas. Con esto

debian es ar di pen a o

de contribuir á la

congrua de lo

ura ;

as

e resolvio, ue solo

e le reb jase en el ributo un pe o erus yado por

el .sínodo, un

'l.

o pital,

tomín y medio

por fábrica.

La Inquisicion dió bajo el débil gobierno de la

Audiencia una prueba enérgica de loable tole–

rancia. Wandier, que despues de haber sido mé–

dico del Conde de Alba, se hallaba preso en los

calabozos del santo Oficio, resultó acusado.

y

casi

I

convicto de bl sfemo, herege y ateo. La causa

mi ma arrojaba ba tantes pruebas, de que él era

un lo?o,

6

de que sus enemigos con el ciego deseo

e perderle habian acumulado en su daño ca–

lumniüs inverosímiles y ontr dictoria ; ma

la

multitud , exaltada por odio

fanático , guar-