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siruiesse[nJ de a y adelante a .Su Magestad muy

:f'ielmente, obedesciendo a t odas sus jus ticias ,} que

todos biuiesen en paz y e n buena concordia y con–

formidad y que se pobl assen los tambos que es ta n

de trecho

á

trecho por todos los caminos R eales,

e n qond e se daua de comer y de beuer e y ndios

para las cargas de lo viandantes, de baide y s in

· dinero. l\lando assi mismo ·que t<?dos Jos v ez inos

que tenian repartimie ntos de y ndi os en todo aqu el

territorio y jurisdicion tuuiessen en ellos

cl~rigos

a su cos ta para que admin istrassen y e ncoeñassen a

los yndios en nuestra sancta fee catholica, so pena

que se los quitar ia y los pornia en cabe<;a de Su

Magestad. Yten, mando que ;¡uando cargassen a

los yndio

fuesse con dos arrobas de peso, y no

m as, so pena de perder la tal carga y de c inquen–

ta pesos para la Camara del rey y juez y denun–

ciador, por tercias partes. Yt en, que ninguno de

qualquier calidad fuesse los maltratasse ni los sa–

casse ni lleuas e a tierras lex:anas y apartadas de

las s uyas , porque ca si o ninguno dellos boluia a

~u

pue blo, que s e morian poi· alla. ·

los vezinos

mando que no lleuas en d e sus yndios mas tributo

de lo que ello buenamente pudie sen dar;

y

as i

mando hazer otras cosas que fueron en pro y vti–

lidad de ::i.quella r epublica y de los naturales de

todo aquel territori0. Hizo g rande mercedes a los

yezinos de Quito qu e a uian estado en la c.ibdad de

Popayan, porque le au ian escripto y dado auiso

desde alla de la

cosas que bazia e l

isorrey,

como atras queda dicho. Tambien se acordo de los

marido de aquellas mugeres que esc riuieron de