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siruiesse[nJ de a y adelante a .Su Magestad muy
:f'ielmente, obedesciendo a t odas sus jus ticias ,} que
todos biuiesen en paz y e n buena concordia y con–
formidad y que se pobl assen los tambos que es ta n
de trecho
á
trecho por todos los caminos R eales,
e n qond e se daua de comer y de beuer e y ndios
para las cargas de lo viandantes, de baide y s in
· dinero. l\lando assi mismo ·que t<?dos Jos v ez inos
que tenian repartimie ntos de y ndi os en todo aqu el
territorio y jurisdicion tuuiessen en ellos
cl~rigos
a su cos ta para que admin istrassen y e ncoeñassen a
los yndios en nuestra sancta fee catholica, so pena
que se los quitar ia y los pornia en cabe<;a de Su
Magestad. Yten, mando que ;¡uando cargassen a
los yndio
fuesse con dos arrobas de peso, y no
m as, so pena de perder la tal carga y de c inquen–
ta pesos para la Camara del rey y juez y denun–
ciador, por tercias partes. Yt en, que ninguno de
qualquier calidad fuesse los maltratasse ni los sa–
casse ni lleuas e a tierras lex:anas y apartadas de
las s uyas , porque ca si o ninguno dellos boluia a
~u
pue blo, que s e morian poi· alla. ·
los vezinos
mando que no lleuas en d e sus yndios mas tributo
de lo que ello buenamente pudie sen dar;
y
as i
mando hazer otras cosas que fueron en pro y vti–
lidad de ::i.quella r epublica y de los naturales de
todo aquel territori0. Hizo g rande mercedes a los
yezinos de Quito qu e a uian estado en la c.ibdad de
Popayan, porque le au ian escripto y dado auiso
desde alla de la
cosas que bazia e l
isorrey,
como atras queda dicho. Tambien se acordo de los
marido de aquellas mugeres que esc riuieron de