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a
i
.n u v
fund mento
á
l
República
P
i·u·1.n·
de lo siglo d
~
cim0-nono
y
vigésimo.
Esa rdeuanz sobre neero ... e 1
._1-!
era el corolario de
lu ·
hitifandfa,
ir1
titnf
por merced real en ca bez de lo. conqui t< -
dor ·
y
de
1 ·
plicación del indio
á
la..
w
it
y á lo.
obrage
.
Poto
·í
y
Hnancavelica
mo rnin ·explotadas en un· spe
ie
d
com–
pañía entre el rey
y
lo part i ulnre prima–
ba sobre la agricultura en
la
xpropi· ·ión
del
t.r..
b·
1.jode
lrn;
indio., y como el penirnm–
lar, en
u
trán~ito
por el \..tlántico de
a–
prendíct cuanto consti tmye el trabaj manu·
l
y
corporal, nece. itaba echar , obre otro .;
hombre la tarea de de leñar arar sembrar
plantar
cosechar. Esta tr· nsferen ia no
puede hacerse sino por do medio ·:
ó
por el
cout.rato
llama.dode locación de Rervieios,
ó
por la violencic-1 y la fuerza.
EJ
prim r m üio
s
~lo
se emplea en las . oci dad donde imp -
ra el deTecho,
y
en las . ociedades coloni·
1
d España, el derecho era
facult·Ld
n-
tradictori- con ·u molo de r to
l.
Lo~
tradicion· listas, que son gr·1nde. ·
sofista
reen
ó
aparen tan cr er que l· . m -
ralidad ustituía al derecho,
y
aiún qu lo
ustituía con' ntaja en
h1
so iedad c l ni·
1.
No me voy á detener aquí
á
demo 'trar que
la tierra no e plana.
Pero, mi cavilo o lector se explicará
ahora
porqu~
la co
t
del
Perú,
·eO'Ún
1 ·
azucarer
n
e puede cultfrar sin p r
bino . E to azuc' rerm; han .'U.'titufd
IV