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d" ·im - eptín

qu sir

I

a

i

.n u v

fund mento

á

l

República

P

i·u·1.n·

de lo siglo d

~

cim0-nono

y

vigésimo.

Esa rdeuanz sobre neero ... e 1

._1-!

era el corolario de

lu ·

hitifandfa,

ir1

titnf

por merced real en ca bez de lo. conqui t< -

dor ·

y

de

1 ·

plicación del indio

á

la..

w

it

y á lo.

obrage

.

Poto

·í

y

Hnancavelica

mo rnin ·explotadas en un· spe

ie

d

com–

pañía entre el rey

y

lo part i ulnre prima–

ba sobre la agricultura en

la

xpropi· ·ión

del

t.r..

1.jo

de

lrn;

indio., y como el penirnm–

lar, en

u

trán~ito

por el \..tlántico de

a–

prendíct cuanto consti tmye el trabaj manu·

l

y

corporal, nece. itaba echar , obre otro .;

hombre la tarea de de leñar arar sembrar

plantar

cosechar. Esta tr· nsferen ia no

puede hacerse sino por do medio ·:

ó

por el

cout.rato

llama.do

de locación de Rervieios,

ó

por la violencic-1 y la fuerza.

EJ

prim r m üio

s

~lo

se emplea en las . oci dad donde imp -

ra el deTecho,

y

en las . ociedades coloni·

1

d España, el derecho era

facult·Ld

n-

tradictori- con ·u molo de r to

l.

Lo~

tradicion· listas, que son gr·1nde. ·

sofista

reen

ó

aparen tan cr er que l· . m -

ralidad ustituía al derecho,

y

aiún qu lo

ustituía con' ntaja en

h1

so iedad c l ni·

1.

No me voy á detener aquí

á

demo 'trar que

la tierra no e plana.

Pero, mi cavilo o lector se explicará

ahora

porqu~

la co

t

del

Perú,

·eO'Ún

1 ·

azucarer

n

e puede cultfrar sin p r

bino . E to azuc' rerm; han .'U.'titufd

IV