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modo que pueda llenarse, como convenga, sus vacíos
y
agregarse las exposiciones, hechos y circunstan–
cias que demande la naturaleza de cada actuación.
Muy distante se halla este.-pequeño trabajo de Jle–
JJar como corresponde el objeto pr9puesto: pero pue–
de ser útil á Jos Jueces de Paz distantes de las capi–
tales, que, por lo general, no tienen motivo de estar
al cab0 del Derecho y de su práctica, y que están ex–
puestos á cometer, particularmente en Jos sumarios
criminales, omisiones y faltas sustanciales, que anu–
lan l0s juicios, y cuya subsanación, retarda y emba–
raza la pronta administración de justicia.
La promulgación de Jos nuevos Códigos Penales
que aún no son muy conocidos, y cuyas disposicio–
nes han variado, en parte, Ja antigua tramitación de
los juicios criminales sobre faltas y delitos, puede
también hacer útil, por lo pronto, este ensayo que
he emprendido, con el fi n <le que sirva de instruc–
ción, especialmente para Jos Juzgados de Paz de la
Provincia de Cailloma, á consecuencia de la visita
que he practicado de ellos e" el actual año.
Ojalá que él sea aceptado por los demás J ueces de
Paz de la República, los que si encuentran, como es
natural, algunos defectos, pueden rectificarlos como
crean:más conveniente.
Yura, Junio.1.
0
de 1863.
HlPÓLITO
SÁNCHEZ.
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