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--. VI -

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modo que pueda llenarse, como convenga, sus vacíos

y

agregarse las exposiciones, hechos y circunstan–

cias que demande la naturaleza de cada actuación.

Muy distante se halla este.-pequeño trabajo de Jle–

JJar como corresponde el objeto pr9puesto: pero pue–

de ser útil á Jos Jueces de Paz distantes de las capi–

tales, que, por lo general, no tienen motivo de estar

al cab0 del Derecho y de su práctica, y que están ex–

puestos á cometer, particularmente en Jos sumarios

criminales, omisiones y faltas sustanciales, que anu–

lan l0s juicios, y cuya subsanación, retarda y emba–

raza la pronta administración de justicia.

La promulgación de Jos nuevos Códigos Penales

que aún no son muy conocidos, y cuyas disposicio–

nes han variado, en parte, Ja antigua tramitación de

los juicios criminales sobre faltas y delitos, puede

también hacer útil, por lo pronto, este ensayo que

he emprendido, con el fi n <le que sirva de instruc–

ción, especialmente para Jos Juzgados de Paz de la

Provincia de Cailloma, á consecuencia de la visita

que he practicado de ellos e" el actual año.

Ojalá que él sea aceptado por los demás J ueces de

Paz de la República, los que si encuentran, como es

natural, algunos defectos, pueden rectificarlos como

crean:más conveniente.

Yura, Junio.1.

0

de 1863.

HlPÓLITO

SÁNCHEZ.

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