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IV -

so, que contiene cuanto puede apetecerse para el

exacto desempeño de las judicaturas de Paz. Es una

especie de Código especial en que se hallan recopi–

ladas, con tanta exactitud como claridad

y

excelente

método, las atribuciones de los

J

ugces de Paz en lo

civil

y

criminal, con designación de los casos en que

pueden conocer

á

prevención con los

J

ueccs de Pri–

mera Instancia. de los instrumentos públicos imper–

fectos que pueden otorgar

á

falta de Escribano,

acompañado todo de los correspondientes formula–

rios, modelos de actuación y de notas, sin que nada

quede que desear.

o habrá Juez de Paz, por igno–

rante que sea, que

teniendo á la vista esta Cartilla

no quede es¡:.e<lito para desempeñar el cargo con

acierto y facilidad.

Hace más de un mes que el Fiscal ha tenido oca.

sión de estudiar este Formulario

y

lo encuentra tan

completo, tan exacto

y

conforme con las disposicio–

nes legales, sobre todo, tan apropiado

á

las circuns–

tancias de nuestros Jueces de Paz, que no vacila en

recomendarlo

á

la consicleración de US. !lima. como

una obra de grande

utilid~d

para los jueces expresa–

dos,

y

cuyo uso debería generalizarse entre todos

ellos.

En este supuesto opina el Fiscal que US.

lllma.

puede prestar su aprobación

á

este el!!Pcdientc de vi–

sita y al

l'on!lulario acompañado,

remíuéndolo,

oportunamente al Tribunal Supremo, conforme

á

lo

dispuesto en el articulo

3

18

del

Reglamento de

Tri–

bunales; salvo en tod . el mejor acuerdo de US.

lllm;.,-Arequipa, Agosto

10

de 1863.

Pedro J,,s/ Dustama111t'.

(

'