IV -
so, que contiene cuanto puede apetecerse para el
exacto desempeño de las judicaturas de Paz. Es una
especie de Código especial en que se hallan recopi–
ladas, con tanta exactitud como claridad
y
excelente
método, las atribuciones de los
J
ugces de Paz en lo
civil
y
criminal, con designación de los casos en que
pueden conocer
á
prevención con los
J
ueccs de Pri–
mera Instancia. de los instrumentos públicos imper–
fectos que pueden otorgar
á
falta de Escribano,
acompañado todo de los correspondientes formula–
rios, modelos de actuación y de notas, sin que nada
quede que desear.
o habrá Juez de Paz, por igno–
rante que sea, que
teniendo á la vista esta Cartilla
no quede es¡:.e<lito para desempeñar el cargo con
acierto y facilidad.
Hace más de un mes que el Fiscal ha tenido oca.
sión de estudiar este Formulario
y
lo encuentra tan
completo, tan exacto
y
conforme con las disposicio–
nes legales, sobre todo, tan apropiado
á
las circuns–
tancias de nuestros Jueces de Paz, que no vacila en
recomendarlo
á
la consicleración de US. !lima. como
una obra de grande
utilid~d
para los jueces expresa–
dos,
y
cuyo uso debería generalizarse entre todos
ellos.
En este supuesto opina el Fiscal que US.
lllma.
puede prestar su aprobación
á
este el!!Pcdientc de vi–
sita y al
l'on!lulario acompañado,
remíuéndolo,
oportunamente al Tribunal Supremo, conforme
á
lo
dispuesto en el articulo
3
18
del
Reglamento de
Tri–
bunales; salvo en tod . el mejor acuerdo de US.
lllm;.,-Arequipa, Agosto
10
de 1863.
Pedro J,,s/ Dustama111t'.
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