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•
15 -
'
dc¡,nas as1mtos: .mas uo podr:in Yotar, ui estar preien-
tes en
~as
votaciones.
, \)3. ·
Cuando la c;ímara
de
Tribunos adopte un pro •
yec o de ley,
lo
remitirá al Senado con la siguient<1
fórµiu la:
" l, a C:ímnra
de
Tribnnos remite
,¡
la Ccí
ara
de
" Senadores el adjunto proyecto de ley;
y
cree que
''tiene lugar. ''
6q.
s;
la Cémara <le Senadores aprueba el proyea,¡
to de
Ir.y;
lo devolverá
á
la Cámara de T1'i bnnos,
con
la
sjguicnte fó.rmul• :
_
"El
Senado de•uelve á laCám
ra
de Ti·ibunos el
"proyecto de ley, (con reforma, ó
sin ella) y cre e
qu~
debe pasarse al EjPcuti,•o para su ejecneion."
65.
TodJs las cámaras en igual caso observarán esta
lllÍsma fórmula.
6.
i una c¡írnara no aprobase las reformas,
ó
adiciones de otra,
y
todavía la cámara p:·oponente j uz–
gase q ue el proyecto , La
1
cual lo propu<o, es venta–
j oso¡ poc1rá im·itar por medio de una di putacioo
de
tres micmlir s, á la reunion de las dos cámara , para
clise utir aquel proyecto, ó la reforma, ó negativa que
se l e baya dado.
Esta r union de cámaras uo tendrá
ma~
ohjcto que
el
de entenderse,
y
cada una volverá
tf.
adoptar
las deliberaciones
!{lle
tenga por CQD\'CDiente
67 .
Adoptado el p royecto por dos cámara3 , se
diriji rán al Presidente ele la Rcplililica dos
copias fir–
madas por el presidente . y secr etarios ele
la
ccimara
á que cofrespondc la ley, con la signiente fórmula:
"J,a Cámara de .... . .............. .con
la
aprobacior:i.
"de
la de.. .... ... .... .... .. ...clirije al Poder Ej ecutivo la
"ley
soLre.. .. .... ...... ..., ..para
qué
se promulgue.' '
68.
i la c.ímarn de Senadores se denegase
á
aclop-
Jar el proyecto de la ele Tribunos, lo pasará á
la
de
.Ccpsor~~,
eón la,,siguiente fó.rmula:
" La Cámara ele Senadores remite
ñ
1
<le
Censores
! 'el .proyec(\> adjunto;
y
Grce qne no es con venien te."
.-Eatónces lo que
<lele~Dl,inc
la cámar<t ele
Gensores.
sc-
-~deftuil¡~o,.
·
'
.· .
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